Analizarán creación de Fondo Provincial de Trasplantes

La propuesta -que será evaluada en el seno de la comisión de Salud de la Cámara- busca “universalizar la cobertura de acceso a prácticas trasplantológicas, jerarquizando a la población sin cobertura formal, en las diversas etapas de pre trasplantes, trasplantes y pos trasplantes de órganos, tejidos y células de origen humano, incluida la inmunosupresión; así como también cubrir las erogaciones que demande el cumplimiento de la Ley nacional de Trasplante de órganos, tejidos y células” (Ley N° 27.447).
viernes, 20 de septiembre de 2019 · 12:35

Los integrantes de la Comisión de Salud Pública (5) de la Legislatura Provincial abordarán un proyecto de Ley para la creación de Fondo TDF de Trasplantes (FoTDFT), destinado a “universalizar la cobertura de acceso a prácticas trasplantológicas jerarquizando a la población sin cobertura formal”.

La propuesta es de autoría de la legisladora Andrea Freites (FPV – PJ) y busca “universalizar la cobertura de acceso a prácticas trasplantológicas, jerarquizando a la población sin cobertura formal, en las diversas etapas de pre trasplantes, trasplantes y pos trasplantes de órganos, tejidos y células de origen humano, incluida la inmunosupresión; así como también cubrir las erogaciones que demande el cumplimiento de la Ley nacional de Trasplante de órganos, tejidos y células” (Ley N° 27.447).

En su articulado, el proyecto establece que “el Centro Único Coordinador de Ablación e Implante Tierra del Fuego (CUCAI - TDF) destinará prioritariamente el producido del fondo creado por la presente Ley a los objetivos descriptos de la Ley Nacional 27.447”.

“Además, tenderá a la atención de los gastos de las personas carentes de cobertura social, en las diversas etapas que incluyen el pretrasplante, el trasplante y el postrasplante, incluida la inmunosupresión”, se observó.

También, la norma propuesta fija como requisito para acceder a los beneficios del fondo, que “los beneficiarios de las prestaciones del FoTDFT deberán acreditar residencia inmediata en la Provincia no menor a dos (2) años. Si el paciente es menor de dos (2) años de edad, al menos uno de los progenitores o su representante legal debe cumplir tal condición”.

Comentarios