SIN AUTORIZACIÓN PARA SU PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN

Anmat prohibió bebida sin alcohol y suplemento dietario

La medida ya fue publicada y comunicada a través del Boletín Oficial y rige para todo el territorio argentino.
viernes, 19 de mayo de 2017 · 08:02
 

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió recientemente la comercialización de dos productos alimentarios en todo el territorio argentino luego de identificar irregularidades.

 

La Disposición 5067/2017, publicada en el Boletín Oficial de este viernes, restringe la venta del "Suplemento dietario a base de café verde, té verde y goji, marca Súper Goji, elaborado por: TSA, RNE N° 21-068505".

 

"El producto se halla en infracción (...) por carecer de autorización de producto y de establecimiento al consignar en el rótulo un RNE inexistente”, informó el organismo, por lo que resulta ser "un alimento falsamente rotulado y en consecuencia ilegal y además por presentar en su composición una sustancia no permitida para suplementos dietarios”.

 

La autoridad regulatoria explicó, además, que "el fruto de Goji no está contemplado por el Código Alimentario Argentino (CAA)", por lo que también prohibió "todo suplemento dietario que como parte de su composición contenga" ese fruto.

 

Por otra parte, la Disposición 5062/2017 prohibió la comercialización del producto denominado "Bebida sin alcohol de extractos vegetales, marca: FAGUS 100% natural, cont. neto 500cc, RPPA 190036701, RPE 1900432, elaborado por Fagus, Productos Regionales Tucumán".

 

La Anmat explicó que "por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser fraccionado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9 de la Ley 18284".

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