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Anmat prohibió la venta de productos cosméticos y alimenticios

Se prohibió el uso, venta/distribución de diversos productos alimenticios, cosméticos y médicos. ¡Prestá atención!
miércoles, 9 de enero de 2019 · 08:23

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió hoy en el Boletín Oficial diversos productos cosméticos y alimenticios y uno médico.

La Disposición 132/2019 determina que el organismo prohíbe preventivamente la comercialización y uso de todos los lotes en todas las presentaciones de productos cosméticos como el LP hair design, alisado marroccino y el LP hair design alisado kera-limón-keratina forte, entre otros (ver detalle de todos los productos cosméticos prohibidos por la Anmat en el artículo 1 de la disposición adjuntada debajo).

El motivo de la prohibición, según informó la Administración, es que se trata de productos cosméticos ilegítimos y que la situación detectada representa un riesgo para la salud de las personas.

Asimismo, la Anmat prohibió la comercialización de varios productos alimenticios. En la Disposición 133/2019 se establece que se prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional del producto rotulado como "Orégano" marca La Parmesana, RNPA 02-598243, RNE N° 02-033526, fecha de vencimiento: jun 2020, lote: 18JUN28.

Además, la Disposición 137/2019 sostiene que se prohíbe también la comercialización en todo el territorio nacional de los productos "Leche descremada en polvo fortificada con calcio", marca Latte, RNPA N° 21-109142 y "Leche entera en polvo fortificada con vitaminas A y D", marca Latte, RNPA N° 21-092556, rotulados con leyenda y símbolo no oficial "Sin TACC", elaborados por Industrias Sauve SA, Parque Industrial Sauce Viejo, Sauce Viejo, provincia de Santa Fe, RNE N° 21-112514.

Anmat también prohibió a través de la Disposición 138/2019 la venta en toda Argentina del producto "Escabeche De Vizcacha", marca El Camba, RNE N°05000265, RNPA N°050008835, elaborado por la Firma Camba S.A. con domicilio en Pago Largo 154 de la localidad de Chavarria, Provincia de Corrientes, como así también de todo producto del mismo RNE.

Finalmente se prohibió el uso y la distribución de un producto médico. Esto quedó establecido en la Disposición 139/2019, que detalla: "Prohíbese preventivamente uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional, a excepción de la provincia de Córdoba, todos los lotes del producto "Iodopovidona IBC. Instituto Biológico de Córdoba", hasta tanto obtenga la autorización correspondiente".

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