FUE POR DECRETO

El Gobierno cambió el esquema de feriados y la Ley de ART oficialmente

Las dos normativas se publicaron hoy en el Boletín Oficial. La primera elimina los feriados “puente”, y la segunda busca reducir la litigiosidad del sistema de riesgos de trabajo.
lunes, 23 de enero de 2017 · 08:11
El gobierno argentino publicó hoy los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) para modificar la Ley de ART con el propósito de reducir la litigiosidad del sistema de riesgos de trabajo en relación a las indemnizaciones por enfermedad e incapacidad; y también para cambiar el esquema de feriados con la eliminación de los denominados "puente".

El Decreto 54/2017 sobre las ART adopta los lineamientos del proyecto impulsado por el oficialismo que tiene media sanción en el Senado -gracias al aval alcanzado en su momento con el sindicalismo- y establece que todo trabajador debe pasar por una Comisión Médica antes de iniciar cualquier juicio laboral.
 
En el Artículo 1, el decreto detalla que las Comisiones Médicas Jurisdiccionales "constituirán la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contingencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo".

En ese sentido, el texto explica en sus consideraciones que "en la actualidad, la mayoría de las contingencias amparadas por la Ley de Riesgos del Trabajo se reclaman a través de demandas laborales que evitan la obligatoria intervención previa de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales".
 
Por otra parte, el Gobierno también decidió modificar por decreto el régimen de feriados nacionales porque se había diluido el "significado simbólico" de las fechas, porque "afectó la competitividad del sector productivo" y porque "generó dificultades" para cumplir con el ciclo lectivo.

Según el Artículo 2 del Decreto 52/2017, "los feriados nacionales cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior. Los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente".
 
Así queda el calendario:

27 y 28 de febrero: lunes y martes de Carnaval (inamovible)

24 de marzo: viernes, Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (se pasa al lunes 27)

2 de abril: domingo, Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas

13 de abril: Jueves Santo (día no laborable)

14 de abril: Viernes Santo (inamovible)

1° de mayo: lunes, Día del Trabajador (inamovible)

25 de mayo: jueves, Día de la Revolución de Mayo (inamovible)

17 de junio: sábado, Paso a la Inmortalidad del Gral. M. Martín de Güemes

20 de junio: martes, Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano (se pasa al lunes 19)

9 de julio: domingo, Día de la Independencia (inamovible)

17 de agosto: jueves, Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín (se pasa al lunes 21)

12 de octubre: jueves, Día del Respeto a la Diversidad Cultural (se pasa al lunes 16)

20 de noviembre: lunes, Día de la Soberanía Nacional

8 de diciembre: viernes, Día de la Inmaculada Concepción de María (inamovible)

25 de diciembre: lunes, Navidad.

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