Según una norma expedida hoy

El BCRA habilitó a argentinos en el exterior a no pagar el impuesto a “Dólar solidario”

Así lo habilita la Comunicación “A” 7052, en la cual se especifica que aquellas personas residentes en el exterior que decidan comprar dólares con una indemnización del Estado argentino, no deben abonar el 30% de impuesto.
viernes, 26 de junio de 2020 · 22:31

El Gobierno de la Nación había creado un impuesto al “Dólar Solidario” a principios de este año con el objetivo de desalentar la compra de la divisa norteamericana y así mantener las reservas del Banco Central (BCRA), pero según se informó recientemente, al parecer aquellas personas que perciban una indemnización bajo el reconocimiento de ser “víctimas del Estado argentino” y vivan en el exterior están exceptuadas de pagar este recargo al comparar dólares.

Según explicaron desde el BCRA, los mismos pueden ser argentinos o familiares argentinos de víctimas del Estado, como lo son familiares de los desaparecidos durante la última dictadura cívico-militar, no pagarían este impuesto debido ya que el mismo complica la recepción del dinero si la persona vive en el exterior.

Esto salió en la Comunicación “A” 7052 expedida en el día de hoy, donde se busca corregir los problemas que puedan ocasionar las distintas regulaciones a aquella personas que no habitan en suelo argentino para poder recibir correctamente su indemnización. Según explica, aquellas personas que están amparadas bajo las “Leyes Reparatorias para víctimas del terrorismo de Estadono deberán abonar el 30% del dólar solidario al comprar la moneda con el dinero de la indemnización recibida.

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