ANTE PAROS Y AMENAZA DE CIERRE DE AEROLÍNEAS

El Gobierno desregula el servicio de rampas en aeropuertos y le saca el monopolio a Intercargo

A través de una resolución publicada esta mañana en el Boletín Oficial, se autoriza a las fuerzas de seguridad a realizar tareas de carga y descarga de equipajes; también podrán hacerlas cualquier persona física o jurídica que reúna requisitos técnicos y legales.
viernes, 8 de noviembre de 2024 · 09:37

El Gobierno Nacional oficializó la desregulación del servicio de rampas en aeropuertos, en el marco del conflicto con la empresa Intercargo que se vio agravado esta semana por los sorpresivos paros que dejaron como consecuencia a miles de pasajeros afectados.

 

Según la resolución 49/2024 publicada esta mañana en el Boletín Oficial que ya se encuentra en vigencia, están autorizadas las fuerzas de seguridad a realizar tareas de carga y descarga de equipajes con el objetivo de ponerle fin al monopolio de Intercargo. También podrán desarrollarlas cualquier persona física o jurídica que reúna requisitos técnicos y legales

 

Apruébese el ‘Proceso de otorgamiento de las autorizaciones aerocomerciales de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general’. Dispóngase que toda autorización para explotar servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general tendrá una duración de 15 años, desde su emisión y deberá ser renovada automáticamente si se cumpliesen los estándares de seguridad operacional”, señala el documento firmado por el secretario de Transporte Franco Mogetta.

 

 

 

Además determina que todo explotador de un aeródromo deberá autorizar toda base de operaciones y escalas solicitada por los explotadores de los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general, siempre que “se garantice la factibilidad operativa conforme su Manual de Aeródromo y cumplidos los estándares de seguridad operacional”.

 

En aquellos aeródromos donde la demanda de prestadores supere la oferta de espacios y recursos aeroportuarios disponibles, la autoridad de aplicación aprobará el método de asignación de los mismos preservando los criterios de la sana competencia”, agrega.

 

Por otra parte, dispone que el incumplimiento de las Normas Reglamentarias Técnicas Aeronáuticas que regulan la actividad podrá configurarse como causal de la suspensión temporaria o definitiva de la autorización. Aunque permite que los explotadores de servicios puedan negociar libremente sus permisos y habilitaciones entre sí, respetando las condiciones de seguridad, las regulaciones técnicas aeronáuticas y comunicando a las autoridades competentes cuando dicha negociación importe la creación o extinción de un derecho.

Comentarios