PLAZO DE ADECUACION: 30 DÍAS

Municipios y gobiernos provinciales no podrán incluir tasas locales e impuestos en facturas

Así se determinó desde el Poder Ejecutivo mediante Resolución, ante reiteradas denuncias públicas efectuadas por el cobro de tributos que no corresponden al servicio en cuestión.
miércoles, 11 de septiembre de 2024 · 09:07

La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso que queda prohibido incluir cargos ajenos en las facturas de de servicios, y que éstas deben contener "de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente" al servicio contratado por el consumidor.

 

A través de la Resolución 267/24, se estipuló que el incumplimiento será pasible de ser sancionado. La medida entra en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial, y tiene un plazo de adecuación de treinta días.

 

La decisión del Poder Ejecutivo Nacional se sustenta "ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios y gobiernos provinciales que incluyen tasas locales e impuestos que no corresponden a la facturación de servicios esenciales", como ser la luz y el gas.

 

A su vez se con la prohibición de esta maniobra "se evitará la inclusión de cargos que no corresponden a un servicio y que vulneren la libertad de elección de los consumidores, forzándolos a pagar montos adicionales" al momento de abonar las tarifas.

 

"Estas prácticas, que se han tornado sistemáticas en municipios de la provincia de Buenos Aires y en distintas localidades y provincias del país, constituyen un incumplimiento a la Ley de Defensa del Consumidor", dice el comunicado difundido hoy desde el Gobierno.

 

Mientras tanto insiste con que esta práctica representaba "no sólo una violación al deber de brindar un trato digno a los consumidores", sino que implicaba también "una clara violación a la libertad de elección del consumidor".

 

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