PARA PROMOVER INVERSIONES DE LAS PYMES
El Gobierno reglamentó el nuevo Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI)
El esquema apunta a promover inversiones productivas de pymes y entidades sin fines de lucro con beneficios fiscales y devolución de IVA. En materia de inversiones, la normativa establece que determinados bienes vinculados a riego, eficiencia energética, producción agropecuaria y otras actividades podrán acceder a los beneficios aun sin alcanzar montos mínimos de inversión.El Gobierno nacional reglamentó el funcionamiento del nuevo Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), que entre sus principales beneficios se encuentra la amortización acelerada en el impuesto a las ganancias y la devolución de créditos fiscales de IVA, para inversiones productivas realizadas en el país.
Publicada este martes en el Boletín Oficial, la medida fue oficializada mediante una resolución conjunta de ARCA, la Secretaría de Energía y la Secretaría de Agricultura; siendo que el esquema apunta a promover inversiones productivas de pymes y entidades sin fines de lucro con beneficios fiscales y devolución de IVA.
El beneficio contempla desembolsos que desde los USD 150 mil a los USD 9 millones. En concreto, otorga ventajas impositivas relativas a la amortización acelerada en el impuesto a las ganancias y a la devolución de créditos fiscales en el impuesto al valor agregado en bienes muebles amortizables y obras de carácter productivas que se realicen en el país, siempre que se cumpla con un monto mínimo en un plazo de 2 años.
El RIMI fue creado con el objetivo de “incentivar las medianas inversiones nacionales y extranjeras en la República Argentina, promover el desarrollo económico y de las cadenas de valor, desarrollar y fortalecer la competitividad de los diversos sectores económicos, favorecer la creación de empleo e incrementar las exportaciones de mercaderías y servicios”.
La reglamentación determina que toda la registración y gestión del régimen deberá realizarse a través de un sistema web denominado “Sistema de Gestión de Inversiones (SGI)”, que será implementado por ARCA. Además, precisa que podrán acceder al régimen las micro, pequeñas y medianas empresas (hasta categoría Mediana Tramo 2) que cuenten con certificado MiPyME vigente al momento de realizar la primera inversión.
La resolución también incorpora a entidades sin fines de lucro, como asociaciones, fundaciones y mutuales, que deberán cumplir determinados parámetros y tramitar su caracterización ante la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa.
En materia de inversiones, la normativa establece que determinados bienes vinculados a riego, eficiencia energética, producción agropecuaria y otras actividades podrán acceder a los beneficios aun sin alcanzar montos mínimos de inversión.
En tanto fija pautas de control y auditoría ya que, en caso de detectarse incumplimientos, ARCA podrá reclamar la devolución de créditos fiscales y aplicar sanciones e intereses.
La medida entró en vigencia este mismo martes, con su publicación en el Boletín.