2 AÑOS DE PRISIÓN EN SUSPENSO
Lo condenaron por robarle a un taxista
Matías Emanuel Moyano fue encontrado culpable de haber sustraído a un taxista elementos de su propiedad, mediante el uso de violencia, el 27 de febrero del año pasado. La fiscalía había solicitado una pena de 5 años de prisión, pero ésta fue atenuada porque no se pudo probar el uso de arma para cometer el delito.El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte condenó -este viernes- a Matías Emanuel Moyano a la pena de 2 años de prisión en suspenso, por el delito de robo simple, cometido el 27 de febrero de 2015.
Matías Emanuel Moyano, estaba imputado de haber sustraído a un taxista elementos de su propiedad, mediante el uso de violencia.
Para los jueces, en las audiencias del juicio oral no se pudo probar el agravante del uso de arma para cometer el delito, por lo que la pena se tornó atenuada y el imputado quedó en libertad.
La Fiscalía había imputado a Moyano del hecho que se desarrolló el pasado 27 de febrero de 2015, en el cual le sustrajo al taxista Nahuel Oscar Ortiz, elementos de su propiedad, mediante amenazas verbales y el uso de violencia para la cual se valió de un arma blanca.
En el requerimiento de elevación a juicio al Tribunal, el Fiscal Pablo Candela precisó que Ortiz se encontraba trabajando como chófer de taxi, cuando Moyano le pidió que lo traslade hacia la zona de la Margen Sur.
Una vez ubicados en el barrio, el imputado le pidió que detuviera el motor y le habría apoyado un cuchillo de 20 centímetros de largo sobre el costado del cuerpo, y exigido que le entregara todas sus pertenencias personales, entre ellas su campera, y billetera.
En los alegatos el fiscal pidió 5 años de prisión que es el mínimo del robo agravado por el uso de arma (art. 166 inc. 2 del Código Penal).
La defensa en tanto solicitó que se lo condene al mínimo de la figura básica, aplicando el beneficio de la duda (in dubio pro reo), del robo simple, en el entendimiento de que "no se probó en el juicio en agravante del uso de arma”.
Subsidiariamente, de no compartir su postura, se planteó la opción de que "se declare la inconstitucionalidad del mínimo de la pena para el caso concreto y se determine él mínimo de la pena recurriendo a la atenuación del marco penal previsto para la tentativa”, además de que se le imponga a Moyano ese mínimo en suspenso ordenando su inmediata libertad
El Tribunal estuvo presidido por el Juez Daniel Ernesto Borrone, y lo acompañan los doctores Juan José Varela y José María Fernández López.