CASO ORTÍZ ZABALA

Tribunal fundamentó la Violencia de Género en una causa como "celos" de parte del agresor

Se conocieron los motivos de la condena a siete años de prisión para el joven que golpeó brutalmente a su novia y a otro hombre el 24 de mayo del año pasado.
viernes, 16 de abril de 2021 · 11:09

Más de dos semanas después de que el Tribunal de Juicio en lo Criminal condenara al joven Lucas Matías Ortíz Zabala a siete años de prisión, se conocieron los fundamentos de la pena por la violenta agresión a su novia y a otro hombre el 24 de mayo del año pasado.

Los jueces determinaron como supuesto motivo de la Violencia de Género los “celos” que el sujeto habría manifestado, por los que se retiró de una fiesta con su pareja, a quien la agredió brutalmente en su domicilio, para luego volver al lugar y terminar causando daños y agrediendo a otro hombre. 

La víctima defendió Ortíz Zabala, aseguró que no es una persona violenta y pidió volver a tener contacto. Dicho testimonio fue utilizado en contra del imputado y calificado como “inverosímil” de parte de los jueces, que contaron de lo sucedido con abundante prueba testimonial y material del hecho. 

“Entendemos que la retractación de la víctima sustentada en un relato falaz, queda asimilada a ese contexto específico y a esa situación de subordinación y sometimiento, basada en una relación desigual de poder”, sostuvo el juez Eduardo López en su voto, considerando esa declaración testimonial exculpatoria, de la propia víctima hacia su victimario, un reflejo y efecto de la Violencia de Género sufrida.

Por su parte, el juez Bramatti analizó que “la violencia de género radica esencialmente en el desprecio hacia la mujer por el hecho de serlo, en considerarla carente de derechos, en rebajarla a la condición de objeto susceptible de ser utilizado por cualquiera”.  

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