En Río Grande
La Justicia niega haber dado permiso a un detenido para "salir de compras"
En un comunicado, la Justicia de Tierra del Fuego negó haber habilitado un permiso de régimen de compras a Héctor Miguel Percello, alojado actualmente en la Unidad de Detención 1 de Río Grande.A través de un extenso comunicado, la Justicia de Tierra del Fuego negó haberle otorgado a una persona detenida en Río Grande permiso para "salir de compras".
"Si bien hubo una solicitud por parte del psicólogo tratante del interno, que tiene por finalidad la 'autonomía al resolver por sus propios medios su necesidad de mejorar', el juez de Ejecución de Ushuaia, Dr. Manuel Isidoro López no autorizó la salida del hombre, ya que hasta la fecha el psicólogo no confirmó su consentimiento expreso para acompañar al detenido, como tampoco se presentó un cronograma sobre la logística que llevarían adelante", alega en el escrito de la Justicia fueguina.
Según la Justicia, "desde el Juzgado de Ejecución se solicitó a la Unidad de Detención Nº1 que coordine un cronograma mensual de acompañamiento, así como también que el psicólogo a cargo del tratamiento del detenido dé su consentimiento expreso de acompañamiento personal con custodia civil" aunque "estos pedidos a la fecha no fueron respondidos".
El profesional médico garantizó que “no hay indicios de actos de violencia contra terceros, que entorpecieran llevar adelante esta actividad que tiene carácter de terapéutica, en tanto ejercicio de autonomía al resolver por sus propios medios su necesidad de mejorar”.
El hombre tuvo tres intentos de suicidios, y en función de la imposibilidad momentánea de ser derivado a un centro psiquiátrico, el psicólogo adoptó llevar adelante un tratamiento personalizado
"En ese contexto, con la premisa de querer verse y sentirse mejor, solicitó poder comprarse ropa ya que en otro momento rompió todo lo que tenía, y hoy solo posee una bermuda y un buzo. A ello se suma que no cuenta con insumos de higiene personal y es rechazado por sus compañeros de la Unidad de Detención", suma el comunicado.
"A principios de septiembre, profesionales de psiquiatría y medicina legal de la Dirección Pericial del Poder Judicial habían recomendado la derivación del hombre a un dispositivo de alojamiento distinto, en una institución penitenciaria adaptada para pacientes psiquiátricos".
Por último, en el comunicado la Justicia alega que "la Ley 24.660 de Ejecución de la pena privativa de la libertad de la Argentina, establece que las personas privadas de su libertad deben ser tratadas con el respeto propio de la dignidad humana, por lo que tienen derecho a la vida, a la dignidad, a la integridad personal, física, psíquica y moral, a la igualdad de trato, a peticionar ante las autoridades, a la libertad de expresión, de conciencia y de religión, a la defensa, a no ser discriminadas, a la salud, al trabajo, a la educación y recreación".