Tribunal de Juicio en lo Criminal de Ushuaia

Se dieron a conocer los fundamentos de la condena a Gina Cárdenas

Los fundamentos del Tribunal están centrados en las declaraciones de los testigos vecinos del departamento en el que vivía la pareja, quienes negaron "haber oído maltratos" o "haber presenciado escenas de violencia contra Cárdenas”.
martes, 4 de octubre de 2022 · 14:12

El Tribunal de Juicio en lo Criminal de Ushuaia dio a conocer los fundamentos de la condena a prisión perpetua dictada a Gina Cárdenas, a la joven acusada de asesinar a su pareja, Alejandro Ramón Baez, en noviembre de 2021 el barrio Monte Gallinero de Ushuaia.

Los fundamentos del Tribunal están centrados en las declaraciones de los testigos vecinos del departamento en el que vivía la pareja, quienes señalaron que Báez “era un buen tipo”; negaron "haber oído maltratos" o "haber presenciado escenas de violencia contra Cárdenas”.

Otra testigo aseguró que “siempre los vio bien”, lo que para el juez Rodolfo Bembihy Videla “desdibuja la idea de maltratos previos o violencias ejercidas con anterioridad por Báez a Cárdenas”.

La misma testigo dijo haber oído “discusiones simples por celos, no más de eso” y reiteró que “nunca agresiones o violencia”; aunque sostuvo que la noche de los hechos Báez discutía por celos con Gina y luego la discusión se trasladó a cuestiones económicas.

Sobre el final, el magistrado hizo referencia a los testimonios introducidos a último momento promovidos por la defensa en donde se buscaba probar la violencia de género preexistente y sostuvo que “sin pretender cuestionar su derecho a defensa”, se refirió a “los riesgos ciertos a los que nos exponemos en la ponderación fáctica y probatoria, sin mayores verificaciones, dando credibilidad absoluta al contenido de un relato por el solo hecho de postularse su ponderación con perspectiva de género”.

Finalmente el magistrado sostuvo más adelante que "tales testimonios, son considerados por su especial relevancia, proviniendo de testigos directos del hecho y que por su calidad de cohabitantes, negaron anteriores circunstancias que pudieran graficar algún tipo de asimetría de poder, desventaja, violencia o perjuicios basados e supremacía o inferioridad derivada de estereotipos de género".

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