AERONAVES CONTRATADAS POR MINISTERIO DE SALUD Y OBRAS SOCIALES

Vuelos no habilitados: denuncia penal en puerta

Fuentes confiables confirmaron que en las próximas horas se impulsaría una investigación en el ámbito judicial con el objeto de determinar la responsabilidad de funcionarios de Salud en la contratación de aviones no habilitados.
martes, 22 de julio de 2014 · 00:00

Tras la información sobre vuelos sanitarios con aeronaves no autorizadas por la ANAC para el Servicio de Transporte Aéreo Sanitario contratados por el Ministerio de Salud y obras sociales con asiento en Tierra del Fuego, fuentes confiables confirmaron que en las próximas horas se impulsaría una investigación en el ámbito judicial con el objeto de determinar la responsabilidad de funcionarios de Salud.

 

La responsabilidad no solo recaería en los actuales funcionarios del Ministerio de Salud, la gestión de Vicente Sinchicay al frente del IPAUSS y demás obras sociales, sino que también podrían encontrarse involucrados funcionarios de anteriores gestiones y gobiernos que habrían contrataron aeronaves no autorizadas para vuelos sanitarios con una modalidad que no puede ser contratada y menos aún facturada y pagada con dineros públicos.

 

En el país existen cinco empresas privadas con capacidad, autorizadas por la ANAC para brindar el servicio de transporte aéreo sanitario, conforme las Regulaciones Argentinas de Aviación y solo tres direcciones provinciales de aviación cuentan con aeronaves habilitadas: Santiago del Estero, Santa Cruz y Salta.

 

Son tres el tipo de Operaciones Aéreas Sanitarias, el Servicio de Transporte Aéreo Sanitario, la Evacuación Sanitaria y el traslado Aéreo de Órganos. La única operación que puede ser explotada, contratada y facturada es la de Servicio de Traslado Aéreo Sanitario.

 

La modalidad de Evacuación Sanitaria corresponde a un servicio excepcional, no habitual, en caso límite, que bajo ningún punto de vista puede ser comercializado, contratado y facturado a las obras sociales y menos al Estado, precisamente porque es una operación fuera de la regulación y "sin fines de lucro”.

En síntesis la única modalidad que puede ser contratada es la de Servicio de Traslado Aéreo Sanitario, pero para ello la aeronave contratada debe estar habilitada por la ANAC.

 

La maniobra consiste en simular una evacuación urgente y declarar bajo juramento que se trata de una operación de ES/Evacuación Sanitaria, cuando en realidad se trata de una operación de STAS/Traslado Aéreo Sanitario. De esta manera eluden las restricciones impuestas por la ANAC y las regulaciones aéreas nacionales.

 

Esta situación de gravedad para los pacientes trasladados, ya que ignoran, tanto ellos como sus familiares, que las aeronaves no reúnen los requisitos técnicos que exige la regulación nacional, y por tanto se encuentra en riesgo la integridad y las posibilidades de sobrevivencia del paciente.

 

Solo el 2% de los vuelos que se contratan en realidad corresponden a evacuación y el 98% restante a derivaciones o traslados programados, con tiempo suficiente para efectuar las contrataciones de aeronaves habilitadas. Esto despeja cualquier duda sobre la maniobra.

 

Tal es así que en Formulario de Evacuación Sanitaria, la ANAC que se le arrima al familiar del paciente, advierte que "el presente formulario tiene carácter de declaración jurada y se confecciona para dejar debida constancia de la realización de un vuelo sanitario en una aeronave no habilitada para transporte aéreo sanitario y las consecuencias por este tipo de empleo corren por cuenta y riesgo del propietario y/o explotador de la misma.

 

En otro apartado, en un recuadro bien destacado se lee: "Advertencia: por tratarse de una aeronave no habilitada para el transporte sanitario, el riesgo a afrontar por el paciente podría ser mayor de lo habitual”.

 

La maniobra se perfecciona cuando la empresa que no posee aviones habilitados por la ANAC factura al Estado o a la Obra Social un Servicio distinto al que declaró ante la ANAC.

 

En síntesis el Estado contrata los servicios de una empresa que no está en condiciones brindarlos, la empresa simula otra operación aérea para evadir las restricciones y controles de la ANAC, y finalmente factura un servicio que es sin fines de lucro, con el consiguiente perjuicio para el Estado y las Obras Sociales y la potencialidad del riesgo de vida de los pacientes. Todas estas maniobras no pueden ser desconocidas por la autoridad sanitaria provincial, ni por los organismos de control como la auditoria interna de gobierno de las obras sociales y del Tribunal de Cuentas de la provincia.

 

Comentarios