A PESAR DE LAS CRÍTICAS

Blanco y el STJ analizaron la instrumentación del Código Contravencional

El Presidente del Superior Tribunal de Justicia, Doctor Javier Darío Muchnik, junto al Secretario de Superintendencia y Administración, Doctor Carlos Salvador Stratico, recibieron este martes al Legislador, Pablo Blanco, con quien dialogaron acerca de los lineamientos para la implementación del flamante Código Contravencional. El Código fue cuestionado desde diferentes sectores gremiales, sociales y políticos.
martes, 10 de febrero de 2015 · 19:03
El encuentro con el legislador Blanco, en su carácter de titular de las comisiones N° 2 de Economía, Presupuesto y Hacienda. Finanzas y Política Fiscal; y de la Comisión Nº 6 de Justicia y Seguridad. Relaciones Institucionales, Seguimiento Legislativo y Derechos Humanos, permitió a las autoridades del Superior Tribunal de Justicia proponer la búsqueda de consenso para la presentación de un proyecto de ley a fin de adecuar los tiempos legislativos a los requerimientos para la puesta en vigencia del Código, sancionado bajo la ley Provincial Nº 1024.

"Para su aplicación se hace necesario prever infraestructura edilicia, informática y la estructura de recursos humanos, en ambos distritos judiciales”, dice un comunicado del STJ. 

El proyecto de Ley del Código Contravencional fue aprobado en la última sesión ordinaria de la Legislatura fueguina, el pasado 4 de diciembre, cuando se sancionó el asunto 276/13, dictamen en mayoría de la Comisión N° 6 de Justicia y Seguridad, promulgada el 13 de enero de 2015.

El mismo texto emitido desde el Poder Judicial recuerda que "El trámite se inició en la sesión del 16 de agosto de 2012, citando previamente a los Colegios de Abogados, a la Asociación de Magistrados, Superior Tribunal de Justicia, Fiscales y Juzgados de faltas de las municipalidades”.

Vale mencionar que diferentes sectores como la CGT de Ushuaia, la CTA de Río Grand y el Frente Provincial de Trabajadores, se pronunciaron críticamente respecto del Código Contravencional y la Ley 1024.

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