“EXISTE UNA OPERACIÓN POLÍTICA”

Para López la marcha por Nisman es una “apología del suicidio”

“Marchar en homenaje a un hombre que –según parece- decidió quitarse la vida, de algún modo legitima el suicidio, y puede movilizar a cualquier persona a cometerlo, resultando, de ese punto de vista, una posible instigación colectiva”, expuso el ex senador Osvaldo López.
miércoles, 18 de febrero de 2015 · 10:03

En una extensa misiva, el doctor Osvaldo López expuso que "está demás aclarar que entendemos perfectamente que existe una operación política de parte de quienes convocan, organizan o adhieren. Pero también sabemos que puede marchar otra gente que no forma parte de tales instancias decisivas y que resulta inconscientemente manipulada en su sensibilidad frente a la muerte”.

 

"Esa manipulación pretende capitalizar diferencias ideológicas o partidarias que algunos sectores sociales tienen con el gobierno de turno.

Arriesgamos que teóricos de la política de todas las épocas tratarían de actualizar sus doctrinas a la luz de esta novedosa ‘propuesta’ de la derecha argentina, de cimentar un proceso de construcción y acumulación políticas, en la muerte para, desde allí, coronar con triunfo electoral la oposición a un gobierno que convoca, moviliza y se legitima apostando a la vida”.

 

"En esa tarea hipotética, los teóricos quizá indagaran o debatieran también sobre la figuración, en las mentes opositoras, de un supuesto electorado presto a receptar positivamente, con un ‘yo los voto’, a quienes en la síntesis última de la exposición de su propuesta política, social, histórica expresen, adustos, circunspectos, silentes, ‘matémonos todos’.

 

Por razones que sólo él –si acaso- conoció y que –en tal caso- se las guardó para sí de modo tan insondable como sólo los muertos pueden asegurarlo, el ex fiscal Alberto Nisman se quitó la vida”.

 

"La hipótesis del suicidio se afirma desde un razonamiento jurídico básico que parte del sistema clásico que campea en materia de dinámica probatoria: ‘es suicidio porque no es homicidio’. No existe ni una prueba ni un indicio que permita verosímilmente sospechar que se trató de un homicidio. Luego, no se puede pedir que se acredite de modo indubitado que se trató de un suicidio. No por lo menos en el campo del derecho penal, porque no siendo el suicidio una acción tipificada como delito, no hay mérito ni pertinencia para desplegar actividad probatoria abstracta en el marco de un expediente que va camino a su archivo (arg. art. 336, inc. 3, CPPN)”.

 

"La exigencia probatoria relevante recaería sobre la hipótesis del homicidio, y en tal sentido no hay nada; y esto, así, desde el primer momento a partir de que se conoció la noticia del hallazgo del cuerpo sin vida de Nisman”.

 

"Fuera del Código Penal, sólo nos queda como enfoque jurídico posible, el que nos permite el art. 19 de la Constitución Nacional: las acciones privadas de las personas están reservadas a Dios y exentas de la autoridad y de la ley. En este sentido, de poco vale lo que cada uno piense u opine, como no sea en planos extrajurídicos como los moral o religioso, que nada tienen que ver ni con el derecho ni con un expediente judicial, y que son incoercibles y privativos de cada cual”.

 

"Aquí llegados, no tenemos más opción que respetar a rajatabla la decisión de quien elige ponerle fin a su existencia física. La Constitución sabiamente nos dice y manda que la privacidad es sagrada y debe ser respetada sin cortapisas y con absoluta prescindencia de los diferentes pensamientos o pareceres que cada uno pueda tener. Lo único que puede estar sujeto al juicio y eventualmente al reproche sociales es la vida pública de las personas, pero en este caso no hay tal, ni para quienes tenían ‘posibilidades privilegiadas’ de acceso, como custodios o vecinos (tan privada fue la acción que ni siquiera escucharon ni vieron nada, ni sospecharon algo hasta unas cuantas horas después)”.

 

"Hay quienes afirman la existencia de una tercera alternativa jurídica, cual sería la hipótesis de la instigación al suicidio –que sí constituye una ‘acción típica’ en términos de la teoría del delito y de su legislación positiva en Argentina- enfoque teórico desde el cual, en los hechos, no se registran históricamente precedentes condenatorios”.

 

"En este orden, sugerimos ensayar que "todo suicidio es político”, en el sentido de que es colectiva o socialmente ‘instigado’. Es que toda acción humana voluntaria está condicionada por el complejo de circunstancias y el cúmulo de interrelaciones determinadas por el entramado social en que se inserta y desenvuelve la persona. Ello habida cuenta del carácter gregario de quienes indefectiblemente vivimos en sociedad, que no otra cosa es el ‘ser político’ y lo sabemos desde Aristóteles para acá atravesando unos dos mil cuatrocientos años (definimos acción humana voluntaria por contraposición a ‘acto reflejo’). Lo resume mejor Ortega y Gasset cuando afirma ‘yo soy yo y mi circunstancia’.

 

Ese complejo involucra deseos, temores, alegrías, angustias, placeres, enojos, disputas, afectos, rencores, dudas, presiones, virtudes y defectos, aciertos y errores… infinidad de cosas que se hacen presente, nada más ni nada menos que como ‘lo que somos’, en cada momento de la vida, cuando mil y una vez por día tomamos decisiones. Nadie decide con absoluta libertad respecto de esos condicionantes del individual modo de ser de cada uno, no obstante lo cual no podríamos afirmar que nadie es responsable de lo que decide, porque así somos, porque así es la libertad, porque así es la responsabilidad. Y el dato de que así sean las cosas, a nadie exime de la propia responsabilidad por las decisiones que toma porque de otro modo sería inconcebible la existencia de la sociedad”.

 

"Ello, así, a menos que se tratase del suicidio de Robinson Crusoe; pero habría que ver también…

 

Descartado entonces que exista ‘caso’ jurídico o judicial en derredor de la referida muerte, sólo queda como cuestión relevante la denuncia por presunto encubrimiento que Nisman presentó contra la Presidenta de la Nación y otros funcionarios, en virtud del tan mentado Memorándum de Entendimiento entre Argentina e Irán.

 

El tema del suicidio queda reservado a los derechohabientes de Nisman, únicos habilitados a acceder a su vida privada que pueden tener necesidad o interés en esclarecer, aunque sea parcialmente, las circunstancias que rodearon la mortal decisión, como parte de su duelo que merece el respeto de todos. Las demás gentes sólo pueden atinar a entrometerse como chusma que da rienda suelta a alguna morbosa curiosidad que no merece tutela ni consideración democrática”.

 

"Retomando el caso de la denuncia a la Presidenta, la misma no planteó ninguna ‘novedad de año nuevo’ toda vez que el tema del acuerdo con Irán ya se cerró cuando fue debatido y ratificado por ambas Cámaras del Congreso Nacional. Allí cada quien expresó sus argumentos a favor o en contra, se votó y se aprobó tal y como prevén la Constitución y las leyes. Luego sólo quedaba la cuestión de su aplicación, condicionada a la ratificación parlamentaria en Irán y a que superara el juicio de constitucionalidad. Huelga decir que al no cumplirse estas dos condiciones la cuestión devino prácticamente abstracta. Lo único que quedó claro es que Nisman, tras no lograr la detención de los imputados para que declaren en Argentina, se resistió a indagarlos en Irán, como era de interés del Memorándum. Por eso pidió la inconstitucionalidad, patrocinado por los Estados Unidos de Norteamérica”.

 

"Luego se prestó al juego de la oposición que, con el mismo patrocinio y desprovista de toda iniciativa que contrarrestara la altísima imagen positiva con que culminara el 2014 el Gobierno de Cristina, refritó la coartada que Eliaschev publicara en marzo de 2011, cuando el referido Memorándum empezaba a bosquejarse (puede colegirse sin esfuerzo que ‘la oposición tocó fondo’, pero eso sería tema de otra columna)”.

 

"Eso es todo lo que hay. La denuncia por supuesto encubrimiento se analizará en el Juzgado competente. El ser denunciado penalmente es casi como ‘el pan de cada día’ en la vida de un funcionario político. De la lectura de la denuncia puede afirmarse que no hay mérito como para que no sea desestimada de plano. Pero no hacemos futurología.

 

Respetamos los derechos de manifestarse y de marchar, pero no creemos democráticamente necesario ejercitarlos reivindicando ninguna suerte de derecho a canalizar ningún morbo”.

 

"Repudiamos que la oposición política al gobierno manipule la sensibilidad que una muerte provoca en una sociedad y que se resigne a que no puede torcer el fiel de la balanza a su favor en las disputas electorales exhibiendo mejor proyecto soberano que el oficialista.

 

No acordamos con ningún tipo de apología de la muerte, ni por suicidio ni por ninguna otra forma. Apostamos y convocamos a la vida; respetamos sin concesiones las decisiones y acciones tocantes a la vida privada de las personas; y consideramos que es el mejor homenaje que a la memoria de Nisman podrían hacerle sus deudos.

 

Por eso NO MARCHAMOS EL 18.”

Abogado Osvaldo LOPEZ – Senador Nacional (M.C.)

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