QUE SÍ, QUENO, QUE SÍ

La Justicia Provincial habilitó nueva re elección de Queno

Desde el Poder Judicial de la Provincia se observó que el segundo período ejercido por el Intendente de Tolhuin se cumplió en el marco del anterior estatus jurídico (Comuna) y que recién en el tercer período lo hizo como Municipio, por lo que quedó habilitado para un nuevo y último período.
viernes, 5 de abril de 2019 · 14:59

El Juzgado Electoral a cargo de Isidoro Aramburu habilitó una nueva re elección de Claudio Queno a la Intendencia de Tolhuin, tras “rechazar las oposiciones formuladas por los apoderados” de los las agrupaciones políticas Partido Popular, Coalición Cívica-Afirmación para una Repíblica Igualitaria, Partido Federal Fueguino, Somos TDF y Partido Social Patagónico.

El Magistrado consideró que “frente a los comicios convocados para elegir el cargo de Intendente del Municipio de Tolhuin el día 23 de Junio del corriente año, no existe prohibición o limitación Constitucional o legal alguna sobre el actual intendente de dicho Municipio -Sr. Claudio Eduardo Queno-, estando habilitado para postularse en el marco del cronograma electoral en curso para disputar dicho cargo electivo. (art. 7 ley 892)”.

Tras recordarse que la “transformación institucional, política y jurídica decidida de manera discrecional por el legislador, se produjo en el año 2012, durante el segundo mandato del Sr. Claudio Queno como Intendente comunal” se observó que el mismo Poder Legislativo “reconoció una nueva forma jurídico institucional y las autoridades que venían ejerciendo cargos, bajo la anterior forma jurídica, sabían que en la órbita de la nueva preceptiva se aseguraba la finalización de sus mandatos”.

En ese marco se observó que “la continuidad de los mandatos en curso no fueron alcanzados ni modificados durante la transformación del status jurídico de la Comuna en Municipio, permanecieron intactos de manera congruente con el oportuno llamado a elecciones, el resultado de los comicios y las actas de proclamación emanadas de la Justicia Electoral que establecen que el mandato de Queno 2011-2015 fue en su totalidad como Intendente Comunal”.

En esa línea de razonamiento se consideró que “no resulta aceptable asumir el caso como la posibilidad de un tercer mandato consecutivo, ya que como quedo en evidencia y viene resuelto en la primera instancia, el cambio legalmente producido provocó un quiebre en la conformación institucional que permite diferenciar los ámbitos normativos y las voluntades populares que en ambos contextos fueron convocados a participar”.

“Si el mandato 2015-2019 no fue un tercer mandato, claramente se desprende que Claudio Queno en la actualidad cumple su primer mandato en calidad de intendente de Municipio (acta de la Junta Electoral nº 25/2015 de fs. 127/128) y entonces no hay fundamentos razonables para impedir una nueva postulación para un eventual segundo mandato en esa calidad, porque ese tópico ya ha quedado zanjado y desactivada toda posibilidad de confusión en torno al cambio de status jurídico y de roles y ninguna consecuencia jurídica trae aparejado en que momento o tramo del segundo mandato ejercido como intendente de Comuna (2011-2015) se produjo la sanción y promulgación de la ley 892”, se argumentó.

De esta manera, Aramburu sostuvo que Claudio Queno “podrá postularse en los próximos comicios (23 de junio de 2019) al cargo de Intendente por el Municipio de Tolhuin en virtud a que no es alcanzado por la limitación del art. 180 inc. 2 de la Constitución Provincial”, porque “no encuentro argumentos razonables para inhabilitar una segunda postulación al cargo de intendente municipal, teniendo en cuenta también la envergadura de los derechos en juego, como los políticos que revisten el carácter de Derechos humanos fundamentales que no pueden ser suspendidos u obstaculizados bajo ninguna excusa bajo el imperio del Estado social y democrático de Derecho”.

Comentarios