CAMBIOS EN EL IVA A ALIMENTOS E IMPUESTO A LAS GANANCIAS

TDF también pidió la Inconstitucionalidad de decretos 561 y 567

Además se cuestionó las resoluciones generales N° 4546/2019 y 4547/19 dictadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos y se pidió “la nulidad absoluta de todos los actos administrativos que se hubieren dictado en su consecuencia”.
lunes, 26 de agosto de 2019 · 22:48

La Fiscalía de Estado también presentó demanda contra el Estado Nacional por los DNU N° 566/19 y 567/19, planteando la inconstitucionalidad de ambos, lo mismo que contra las resoluciones generales N° 4546/2019 y 4547/19 dictadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos y pidió “la nulidad absoluta de todos los actos administrativos que se hubieren dictado en su consecuencia”.

La demandante argumentó que “a través de dichos decretos suscriptos durante el 14 y 15 de agosto, respectivamente, el Poder Ejecutivo Nacional estableció dos modificaciones al régimen tributario federal “que repercuten negativamente en las finanzas” de la Provincia.

Mediante el primer decreto se encomendó a la Administración Federal de Ingresos Públicos a que “reduzca la base de las retenciones de los sujetos que obtengan las rentas mencionadas en los incisos a), b) y c) del artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, en una suma equivalente al veinte por ciento (20%) de los importes de las deducciones contempladas en los incisos a) y c) del primer párrafo del artículo 23 de la ley referida”; es decir, aumentar el piso del mínimo no imponible en dicho porcentual.

El segundo decretó estableció que “la venta de los productos de la canasta alimentaria que detalla en su anexo (serían alimentos de primera necesidad), estará alcanzada por una alícuota equivalente al cero por ciento (0%) en el impuesto establecido por la Ley de Impuesto al Valor Agregado”.

“En ambos decretos se modifica inconstitucional y arbitrariamente el régimen de impuestos de modo que, sin pasar por el Congreso de la Nación, detraen la masa de recaudación de impuestos coparticipables provocando un perjuicio actual y directo a las arcas provinciales”, señalaron desde la Provincia.

Además advirtieron que “los actos emitidos importan la reducción de recursos de coparticipación que les corresponden a los habitantes de Tierra del Fuego y que han sido incorporados como recursos corrientes en el presupuesto de gastos del presente ejercicio 2019, para atender la salud y educación, entre otros servicios, de la población de la Provincia, y por ello se requiere la tutela judicial de V.E. en protección de los derechos fundamentales afectados.”

Desde la Fiscalía de Estado se solicitó, en nombre del Estado Provincial, que hasta tanto no haya sentencia definitiva en cuanto a la procedencia de la acción instada, “se ordene la inmediata suspension de los efectos de los citados reglamentos, y/o de cualquier otro instrumento similar que durante el transcurso del proceso, directa y/o indirectamente, prolongue, reemplace o altere, de manera negativa, los recursos que en concepto de coparticipación de Impuesto a las Ganancias e Impuesto al Valor Agregado le corresponde percibir a mi representada”.

Además se planteó que “considerando la materialización de perjuicios al erario provincial hasta la resolución favorable de la medida cautelar requerida” se le ordene al Poder Ejecutivo Nacional “la restitución de todas las sumas que no hubieren ingresado a la masa coparticipable que regula el art. 2º de la ley N° 23.548, o dejen de ingresar en el futuro en la proporción que, según el art. 2° del decreto N° 702/99, B.O. 7/7/1999, corresponde a la Provincia de Tierra del Fuego A.I.A.S. (setenta centésimos por ciento 0,70%)”.

Por otra parte se observó que “si la voluntad del Estado Nacional es conjurar los efectos de la inestabilidad cambiaria generada por su política económica, ha de ser el Tesoro nacional quien cargue las consecuencias de tal descalabro sin arrastrar a las economías provinciales a una situación peor de la que ya afrontan”.

En ese marco se pidió que “ante la eventual y remota posibilidad de considerar Vuestra Excelencia que las medidas cuestionadas deben subsistir mientras se sustancia el proceso, a pesar del grave daño que se genera a la economía de la Provincia de Tierra del Fuego” se ordene que el Poder Ejecutivo Nacional “asuma con recursos propios los efectos  económicos  que los decretos mencionados causen a mi representada”.

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