Fallo del Superior Tribunal
Anularon cancelación del pase a planta de empleada que gozaba de licencia por maternidad
Se trata de una mujer que fue designada en planta del ministerio de Economía en febrero de 2015, y en julio de ese año inició su licencia. Sin embargo, un mes antes de que finalice ese período que por ley le corresponde, se canceló su designación.El Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió anular la cancelación de la designación en la planta permanente en el ámbito de la Administración Pública de una mujer, quien fue dada de baja mientras transitaba el periodo de licencia por maternidad.
Esta determinación se plasmó el pasado 31 de marzo, sin embargo se dio a conocer pública y oficialmente este lunes. Se explica que la mujer fue designada en planta en la Subsecretaría de Hacienda y Contratataciones -dependiente del Ministerio de Economía-, el 2 de febrero de 2015.
Comenzó a prestar tareas efectivamente el 10 de febrero de aquel año (un año de prueba), y el 12 de julio inició su período de maternidad, que finalizaba el 6 de febrero de 2016.
Sin embargo, el 6 de enero de 2016 se produjo la cancelación de su designación, bajo el argumento que se debía "a razones de organización administrativa a partir de la nueva Ley de Ministerios", de aquel entonces.
En el fallo del STJ, se destaca que tal escenario "obligaba a ponderar que la protección de la familia y la maternidad constituye una obligación imperiosa del Estado, respecto de las normas protectorias de la mujer y de la maternidad que ostentan rango constitucional y convencional".
Además, se subrayó que el accionar del Estado empleador "debe ponderar la particular situación de vulnerabilidad de la mujer trabajadora que acaba de ser madre, toda vez que así lo exige la normativa constitucional y convencional que la protege".
"El STJ, a través de una interpretación con perspectiva de género cumplimentó un mandato de acción positiva, protegiendo a la mujer trabajadora que acaba de ser madre, sin perjuicio de las potestades de la administración de definir en el marco de sus competencias la conformación de sus estructuras", reza la publicación en Info Judicial TDF.
QUÉ SE APROBÓ RECIENTEMENTE AL RESPECTO EN LEGISLATURA PROVINCIAL
El 22 de diciembre de 2021, el Parlamento fueguino sancionó el proyecto de Ley que modifica el régimen de licencia prenatal y por maternidad, paternidad, lactancia y adopción para agentes del Estado.
Esto consiste en modificar el artículo 8º de la Ley Nº 911, para que se especifique que, "en caso de ser un nacimiento múltiple se beneficie al agente con 2 horas diarias en su jornada laboral, por el lapso de dos años," en lugar de una hora como especifica la norma original.
La mencionada norma entró en vigencia en enero de 2013, y alcanza "a todo el personal de las diferentes jerarquías, independientemente de su situación de revista, de los tres poderes del Estado provincial, sus reparticiones u organismos centralizados, descentralizados, entes autárquicos y empresas del Estado provincial".