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Anmat prohibió la comercialización de dos productos para el cabello

Se dio a conocer a través del Boletín Oficial. Así mismo, mediante otra disposición, se publicó la sanción a una droguería por irregularidades.
miércoles, 21 de noviembre de 2018 · 20:21

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la distribución y comercialización en nuestro país de dos nuevos productos hoy miércoles.

A través del Boletín Oficial, mediante la disposición 1809/2018 se denegó inmediatamente la venta de dos cosméticos.

Los productos  son “’WAVY HAIR BAÑO DE CREMA –BARRO VEGETAL- COSMETICA NATURAL – ELABORACIÓN ARTESANAL‘, Cont. Neto 330 cc.- Industria Argentina-, Resolución M.S y A.S. 330/88, Legajo Nº 129, Malvinas Argentinas – Bs. As.,”; sin datos del número de lote, fecha de vencimiento” y “’WAVY HAIR SHAMPOO ORTIGA Y MIEL- COSMETICA NATURAL- ELABORACIÓN ARTESANAL‘, Cont. Neto 330 cc.- Industria Argentina-, Resolución M.S y A.S. 330/88, Legajo Nº 129, Malvinas Argentinas – Bs. As.”; sin datos del número de lote, fecha de vencimiento”.

En el mismo texto se describe que la decisión se llevó a cabo “a fin de proteger a eventuales usuarios de los productos involucrados, toda vez que se trata de productos cosméticos ilegítimos, la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS) sugiere la prohibición preventiva de comercialización y uso de los productos citados, en virtud que tales productos estarían infringiendo los artículos 1° y 3° de la Res. (ex MS y AS) N° 155/98. Que desde el punto de vista procedimental y con relación a las medidas aconsejadas por la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud, esta Administración Nacional resulta competente en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 8 incisos n) y ñ) del Decreto Nº 1.490/92. Que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia”.

Mediante la normativa 1808/2018, Anmat sugirió “prohibir la comercialización de medicamentos y especialidades medicinales fuera de la provincia de Buenos Aires a la firma “DROGUERÍA EKO S.R.L.”, con domicilio en la calle Zapiola 699 de la localidad de Turdera, provincia de Buenos Aires, hasta que obtenga la habilitación para realizar tránsito interjurisdiccional de medicamentos y especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 7038/15″.

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