desde el domingo
Rige en Tierra del Fuego la ley que regula la interrupción voluntaria del embarazo
Otorga el derecho a decidir y acceder a esta prestación hasta la semana 14 inclusive del proceso gestacional. Previo a la realización de la práctica, se requiere consentimiento informado de la persona gestante, expresado por escrito.El Ministerio de Salud de la provincia de Tierra del Fuego informó que entró en vigencia el 24 de enero de 2021 la Ley Nacional 27.610, de regulación del acceso a la Interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y atención post aborto.
La ley regula el acceso y cumple con los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de Salud Pública y Derechos Humanos de las mujeres, adolescentes y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar.
Está vigente en todo el territorio nacional y no requiere de adhesiones provinciales ni reglamentación para su vigencia.
Prestaciones
Los servicios de salud deben brindar:
- Información sobre el procedimiento y cuidados posteriores
- Atención de salud durante todo el proceso
- Información y provisión de métodos anticonceptivos
Consentimiento
Previo a la realización de la práctica se requiere consentimiento informado de la persona gestante, expresado por escrito
Dónde puedo acceder a la IVE
Esta ley incluye a los servicios públicos de salud, a las obras sociales nacionales y provinciales y a las empresas y entidades de medicina prepaga.
Plazos para garantizar el acceso a la IVE
La Ley establece un plazo máximo de diez (10) días corridos desde que fue requerida la práctica para que el Sistema de Salud cumpla con la prestación de salud
Problemas, negativas u obstáculos para acceder a la IVE
Para información y consultas o ante inconvenientes, podés llamar al 0800 222 3444 sin cargo (llamada confidencial). Lunes a viernes de 9 a 21 / Fines de semana y feriados de 9 a 18.
Derechos que garantiza la ley 27.610
-El derecho a decidir y acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo hasta la semana 14 inclusive del proceso gestacional.
-El derecho a decidir y acceder a la IVE a partir de la semana 15 del proceso gestacional en las siguientes situaciones:
A) Si el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la DDJJ de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente. En los casos de menores de 13 años, la DDJJ no será requerida.
B) Si estuviera en peligro la vida o la salud de la persona gestante.