La iniciativa busca "dotar al Ministerio de Salud de una vía legal, alternativa, y eficaz, que los legitime a regularizar e incrementar la recaudación de fondos propios en el marco de la autonomía que los rige, negociando dentro de un esquema que reporte beneficios a ambas partes y disuelva las actuales dificultades que se presentan al intentar el cobro de las deudas contraídas por entidades y empresas que brindan cobertura en materia sanitaria”.
Para ser beneficiario del régimen se requerirá el acogimiento expreso del deudor y la regularización de su situación por la totalidad de los rubros adeudados.
"A fin de acogerse a los beneficios de la ley, el deudor deberá abonar, en forma anticipada, el diez por ciento (10%) del total de la deuda a regularizar", se lee de la propia iniciativa.
La normativa sancionada sufrió modificaciones a propuesta del FPV-PJ.