A partir de este lunes
Nueva etapa: autorizaron flexibilización de actividades en Tierra del Fuego
A través de un comunicado, se explicó detalladamente qué sectores se verán comprendidos por las nuevas medidas, con foco en Ushuaia. Abarca a toda la isla y fuer consensuado con el Ministerio de Salud de la Nación.El Ministerio de Salud de Tierra del Fuego autorizó -a partir del lunes 5 de octubre- la flexibilización de actividades en las ciudades de Ushuaia, Río Grande y Tolhuin, iniciándose en pocas horas más una nueva etapa en el marco de la pandemia coronavirus Covid-19.
Estas nuevas determinaciones fueron consensuadas con el Ministerio de Salud de la Nación y establecidas en la necesidad de volver paulatinamente a la nueva realidad que plantea la situación de la pandemia en las ciudades fueguinas, puntualizando la necesidad del cuidado sanitario personal y colectivo.
A raíz de ello, se mantiene que la concurrencia de las personas, que requieran algunos de los servicios autorizados o producto en venta, o concurrencia a puesto de trabajo, será siempre de acuerdo a la terminación de DNI o patente par o impar, y dando estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios vigentes para cada rubro.
Nuevas medidas para USHUAIA (a partir del 5/10):
- Se autoriza el inicio de la actividad del Subsector Privado de Salud, de lunes a sábado en el horario de 8:00 a 21:00. Para circular los pacientes deberán exhibir constancia de turno en soporte papel o digital, junto a su DNI.
- Se autoriza la actividad de comercios con atención al público, de lunes a sábado, en el horario de 9:00 a 21:00.
- Se amplía el horario de supermercados de lunes a domingo de 9 a 21, los comercios de proximidad de lunes a domingo de 9 a 22, farmacias de lunes a domingo de 8 a 22 y rubro panificación de lunes a domingo de 7 a 22.
- Se autoriza la actividad de talleres mecánicos de chapa y pintura de lunes a sábado en el horario de 09 a 21 horas
- Se mantiene el horario de atención de locales de expendio de comidas elaboradas mediante sistema de delivery o take away, de lunes a domingo de 10:00 a 24:00.
- Se autoriza la actividad de trabajadores independientes (contadores, abogados, ingenieros, maestros mayores de obra, agrimensores, escribanos, martilleros, arquitectos) de lunes a sábado en el horario de 8 a 21. A los efectos de la circulación, deberán acreditar matricula o constancia de trabajo.
- Se autoriza el inicio de la actividad de trabajadores cuentapropistas de lunes a sábado en el horario de 8 a 21. A los efectos de la circulación, deberán acreditar inscripción en Obras Públicas o de constancia de trabajo.
- Se autoriza la actividad deportiva individual al aire libre, salidas recreativas y práctica de entrenamiento grupal al aire libre sin realización de partidos o prácticas de contacto, de lunes a domingo en el horario de 8 a 21 horas, cualquier día de la semana.
- Se autorizan los encuentros entre niños, niñas y adolescentes al aire libre, con un máximo de 10 personas, manteniendo el mismo grupo en todos los encuentros, respetando la distancia social obligatoria uso de tapabocas y prohibición de compartir elementos de uso personal, mate, vasos, etc. de lunes a domingo en el horario de 9 a 21 horas.
- Se autoriza el inicio de la actividad de Obra Pública y Privada únicamente para aquellas que se encuentren en etapa de construcción al aire libre, de lunes a sábado en el horario de 8 a 21 horas. A los efectos de la circulación deberán acreditar inscripción en Obras Públicas o constancia de trabajo.
- Se autoriza el servicio doméstico y niñeras de lunes a sábado de 8 a 21 horas. A los efectos de la circulación deberán acreditar constancia de trabajo.
- Se autoriza la apertura de locales de cobranza privados y cobranza de la Dirección Provincial de Energía, de lunes a sábado de 9 a 21.
- Se autoriza el retorno de la actividad industrial desarrollada en el marco del sub-régimen de promoción industrial, con jornadas de hasta 8 horas, incluyendo a las empresas que presten servicios para las mismas. Las empresas electrónicas deberán restringir la actividad al 50% de la capacidad productiva instalada.
EN TODA LA PROVINCIA, A PARTIR DEL 5/10:
- Se dispone la obligatoriedad de los establecimientos cuyo rubro sea la actividad industrial, de informar la Dirección de Epidemiología el detalle de puestos de trabajo de líneas o sector con identificación de los trabajadores ante la presencia de un caso sospechoso o confirmado y a requerimiento de la autoridad sanitaria local.
- Se autoriza el egreso de personas de la Ciudad de Ushuaia a los fines del traslado a los Centros invernales o para realización de actividad deportiva autorizada en montaña con limite en el Lago Escondido. Se mantiene vigente la prohibición de circular hasta la Ciudad de Tolhuin o Rio Grande.
- Se autoriza el egreso de personas de la Ciudad de Río Grande a los fines de realizar actividad autorizada mediante la normativa vigente con límite en el Puente Justicia, manteniéndose la prohibición de circular hasta la Ciudad de Tolhuin o Ushuaia.