Pagarían obligatoriamente quienes tengan medidor a su nombre

Polémica: Superior Tribunal rechazó la presentación contra el cobro a vecinos del sepelio "solidario"

Se trata de las presentaciones hechas -entre otros- por la funeraria Ramón Oviedo, en el entendimiento de que esta iniciativa es inconstitucional. Vale recordar que el proyecto se había aprobado por unanimidad en Legislatura sobre tablas, en diciembre pasado.
viernes, 27 de mayo de 2022 · 10:10

El Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego resolvió no hacer lugar a la medida cautelar presentada por Casa Ramón Oviedo, que objetaba la Ley que establece el cobro a los ciudadanos fueguinos de un ítem para subsidiar a la Cooperativa Eléctrica de Río Grande, por un servicio de "sepelio social" que vendría en la factura de energía eléctrica.

 

La resolución del máximo órgano judicial lleva la firma de sus integrantes, Ernesto Löffler, María del Carmen Battaini, Gonzalo Sagastume, y Javier Darío Muchnik, dando por tierra con el recurso planteado por la casa funeraria de Ushuaia para que dicha medida quedase sin efecto.

 

El proyecto de ley de "sepelio Solidario" se había tratado sobre Tablas en Legislatura Provincial los últimos días de 2021, y prosperó con la votación positiva de los parlamentarios por unanimidad.

 

Pero tras la polémica, se realizaron diversas presentaciones que plantean la inconstitucionalidad de esta normativa que establece, sin más, el cobro a los ciudadanos fueguinos de un ítem para subsidiar a la Cooperativa Eléctrica de Río Grande por este servicio de sepelio, que se incluiría en la boleta de energía eléctrica.

 

Desde la Cámara de Comercio de Ushuaia, se habían pronunciado -días atrás- sobre la indefinición del STJ al respecto, advirtiendo que al implementarse el "sepelio solidario" todos aquellos vecinos que posean un medidor de energía a su nombre deberán pagar obligatoriamente por este nuevo cargo.

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