EL PLAZO ES HASTA EL 17 DE OCTUBRE
Profesionales de la salud que ejercen en Tierra del Fuego deben rematricularse
Así se desprende de la Resolución del Poder Ejecutivo publicada en el Boletín Oficial, donde se advierte que la falta de renovación de la matrícula profesional y consecuente vencimiento "dará lugar a la baja de la misma en forma automática".El Secretario de salud mental y problemáticas de consumo a cargo de la secretaría de gestión de sistemas sanitarios resolvió a partir del 14 de julio de 2025 como tercer etapa de la obligatoriedad en el proceso de rematriculación de forma inmediata, a
profesionales de la salud de la provincia.
La resolución firmada el 30 de junio y publicada en el Boletín Oficial en la edición del 3 de julio indica que el requerimiento abarca a quienes que posean título habilitante en: Bioquímica, Licenciatura en bioquímica, Licenciatura en química, Kinesiología, Kinesiología fisitaría, Licenciatura en Kinesiología y Fisiatría, Licenciatura en kinesiología y fisioterapia, fisioterapeuta y terapista físico.
Son quienes fueron registrados oportunamente para el ejercicio de su profesión en los términos de la resolución M.S. N° 1097/24. Circunscribe el período comprensivo a esta segunda etapa del proceso, con relación a los profesionales mencionados hasta el día 17 de octubre del año 2025 inclusive; "procediendo a la baja definitiva inhabilitante, de pleno derecho y sin necesidad de previo aviso, una vez acaecido el plazo y ante inactividad de parte interesada"
Se acuerda validez temporánea de cinco años desde su emisión, "a toda matricula otorgada en tomo a la vigencia de la presente por la Autoridad de Aplicación, exhortando a la correspondiente renovación de credencial con antelación a su término".
Se agrega en la Resolución que "la falta de renovación de la misma y consecuente vencimiento dará lugar a la baja de la matrícula profesional en forma automática".