OTORGADO POR NACIÓN
Tierra del Fuego accedió a un adelanto por $20.000 millones de coparticipación
Mediante el Decreto 190/26 se ratificó el Convenio celebrado entre la provincia representada por el gobernador Gustavo Melella, y el Estado Nacional representado por el Secretario de Hacienda Carlos Guberman.El Gobierno de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur recibió un desembolso por 20.000 millones de pesos -durante febrero de 2026- como anticipo de coparticipación, por parte del Gobierno Nacional.
Mediante el Decreto 190/26 fechado el 3 de febrero, firmado por la vicegobernadora Mónica Urquiza y el ministro de Economía Alejandro Barrozo, se ratificó en todos sus términos el Convenio celebrado entre: la provincia representada por el gobernador Gustavo Melella y el Estado Nacional representado por el Secretario de Hacienda del Ministerio de Economía Carlos Guberman.
"El Convenio tiene por objeto acordar la implementación de un anticipo financiero de las participaciones en el producido de los impuestos nacionales coparticipados sujetos a distribución o de los montos previstos en el Compromiso Federal", detalla el documento.

También exige a la provincia que los anticipos deben ser reintegrados dentro del mes de su otorgamiento, mediante la retención del producido de los mismos impuestos coparticipados provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos y sus modificatorias.
"Monto del desembolso: hasta la suma total de $ 20.000.000.000 durante febrero de 2026. Tasa de interés: se tomará como tasa de referencia la tasa TAMAR en pesos de bancos privados, publicada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), correspondiente a la fecha del desembolso. Devolución: el capital será reintegrado en forma diaria y a partir de la fecha de inicio
determinada por la Secretaria de Hacienda", señala.
Por último, determina que la fecha de inicio se establecerá en función de la capacidad de devolución de la Provincia, de acuerdo a su participación en el producido de los impuestos coparticipados establecidos en el régimen de la ley 23.548 y modificatorias.
"Intereses: serán determinados diariamente sobre el saldo de deuda, y serán abonados a través de retenciones sobre el producido de los impuestos coparticipados establecidos en el régimen de la ley 23.548 y modificatorias una vez finalizada la devolución del capital. Las partes convienen que el presente acuerdo rige desde la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su ratificación por parte de la Provincia por la norma que corresponda. La Provincia asume la obligación de gestionar la referida ratificación de manera inmediata", concluye.