PUJA POLÍTICA TRAS DEROGACIÓN DE LA 1529

Tras la derogación en la Legislatura, el Gobierno provincial volvió a publicar el llamado a la Reforma Constituyente

A través del decreto 751 republicado en el Boletín del domingo, desde el Poder Ejecutivo se ratificó que la convocatoria a elecciones se mantiene para el 9 de agosto de 2026, con la finalidad de elegir a 15 convencionales constituyentes para la reforma de la Constitución Provincial; no obstante, el pasado viernes se aprobó en Legislatura la derogación de la ley 1529 a tal menester.
lunes, 4 de mayo de 2026 · 09:48

El Poder Ejecutivo provincial republicó el Decreto N° 751/26 mediante el cual ratificó el proceso electoral para elegir a 15 convencionales constituyentes titulares y 8 suplentes, el próximo 9 de agosto de 2026, con el objeto de Reformar parcialmente la Constitución de Tierra del Fuego. El pasado viernes, por mayoría, la Legislatura había aprobado la derogación de la Ley 1529, que habilitaba justamente ese proceso.

 

En los considerandos del decreto -publicado excepcionalmente en una edición del domingo 3 de mayo en el Boletín Oficial- el Ejecutivo se apoya en el fallo reciente del Superior Tribunal de Justicia (STJ), donde se esgrime que el plazo de 210 días para convocar a elecciones no habría caducado.  Argumentando razones de fuerza mayor como "cortes de energía que demoraron publicaciones previas", además de sostener que la facultad de fijar la fecha es exclusiva del Gobernador.

 

La republicación del decreto busca otorgar "certeza y continuidad" al proceso, fundamentando que la manda judicial previa obliga a seguir adelante, a pesar de que el marco legal que le daba origen (la Ley 1529) fue técnicamente dado de baja por el cuerpo legislativo en la madrugada del 1 de mayo, donde 11 legisladores votaron a favor de la derogación de la misma.

 

En términos concretos, se ratifica la fecha de elección para el 9 de agosto de 2026, para elegir 15 Convencionales en un plazo de 60 días hábiles una vez constituida la Constituyente. El decreto mantiene la intención de modificar más de 70 artículos de la Constitución Provincial.

 

 

El decreto basa su legitimidad en lo resuelto por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) en la Sentencia Judicial T. 54 Folio 83/122. Según el texto oficial, el máximo tribunal entendió que "en el ejercicio de la función preconstituyente que fue conferida a la Legislatura Provincial para impulsar el procedimiento de reforma constitucional, en principio, se advierte en esta oportunidad que habría sido ejercida conforme el plexo normativo".

Asimismo, el Ejecutivo recalca que la validez de la norma se ajusta a derecho, citando que ".. por lo tanto la validez formal de una norma, depende de que haya sido creada por el órgano y procedimiento establecido por la superior, mientras que la validez sustancial existe en cuanto el contenido jurídico de la norma es congruente con el substractum de derecho de su antecesora".

 

El documento señala que el STJ determinó que el plazo comenzó a correr el 30 de diciembre de 2023, y concluyó que el decreto de convocatoria original fue firmado dentro del plazo legal (209 días). Sobre la demora en la publicidad oficial, el texto argumenta  "justificó plenamente que su publicación se demorara hasta el 30 de julio de 2024 por el hecho público y notorio del corte general de energía eléctrica, de esta manera el argumento de la caducidad o nulidad fue totalmente rebatido".

 

El anexo del decreto 751 ratifica que la Convención Constituyente tendrá el objeto de realizar una «reforma parcial de la Constitución Provincial», pudiendo modificar un extenso catálogo de artículos (del 1 al 210, según detalle en el Artículo 2° de la Ley 1529).

 

En su Artículo 8 establece que la Convención "... deberá concluir su cometido y expedirse dentro de los sesenta (60) días hábiles de haberse constituido; vencido ese plazo, caducará el mandato de convencionales, no pudiendo ser prorrogado..

 

Finalmente, se faculta a la Convención a "realizar la renumeración de los artículos y compatibilización de denominación de los títulos" que resulten menester tras la reforma.

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