A LAS PROPUESTAS DE LA FACPCE

Respuestas de AFIP sobre el IVA web F. 2002

Representantes de la FACPCE y la Subdirección General de Fiscalización y Subdirección General de Recaudación de AFIP se reunieron para abordar diferentes cuestiones relacionadas con la profesión; en este caso, sobre IVA WEB – F. 2002. Por ejemplo, la propuesta de FACPCE dice que es necesario aclarar cómo se informan las ventas en Tierra del Fuego en el IVA Web. La respuesta de la AFIP es que las ventas exentas efectuadas en Tierra del Fuego se informan en la pestaña “Datos de la DJ” con tilde en “realiza operaciones exentas o no alcanzadas”.
miércoles, 22 de julio de 2015 · 23:49

Lo que sigue son los ítems abordados, las propuestas del Propuesta FACPCE (Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas) y las respuestas de la AFIP sobre el IVA web F. 2002.

 

a) Incorporación de las nuevas Tasas de IVA

 

Propuesta FACPCE: Es necesario agregar las Tasas de IVA del 2,5% y del 5%, las cuales han sido previstas a fines del año 2014 para quienes comercializan Diarios, Revistas y Publicaciones Periódicas, y para quienes son proveedores de publicidad en esos medios de prensa.

 

Respuesta AFIP: Se ha modificado la aplicación IVA Web para agregar esas nuevas Tasas de IVA.

b) Situación de las ventas en Tierra del Fuego

 

Propuesta FACPCE: Es necesario aclarar cómo se informan las ventas en Tierra del Fuego en el IVA Web.

 

Respuesta AFIP: Las ventas exentas efectuadas en Tierra del Fuego se informan en la pestaña "Datos de la DJ” con tilde en "realiza operaciones exentas o no alcanzadas”. Luego en la pestaña "Débito Fiscal” se informa el monto de las ventas exentas o no alcanzadas.

c) Situación de los Exportadores.

 

Propuesta FACPCE: Es necesario aclarar la situación frente al IVA web de los exportadores que, estando inscriptos en el Registro de Exportadores, durante algunos meses no efectúan operaciones de exportación.

 

Respuesta AFIP: Mientras que el exportador esté inscripto en el Registro de Exportadores, no debe presentar sus DDJJ por IVA web. Cuando el exportador ya no realice operaciones de exportación, será excluido del Registro. A partir de su exclusión, deberá comenzar a presentar sus DDJJ por IVA web.

 

d) Situación de los Productores Agropecuarios

 

Propuesta FACPCE: Es necesario aclarar la situación frente al IVA web de los productores agropecuarios que no optaron por el IVA Anual y que se encuentran inscriptos en el Registro Fiscal de Operadores de Granos (RFOG), con derecho al reintegro de las retenciones de IVA.

 

Respuesta AFIP: Mientras que el productor agropecuario esté inscripto en el RFOG, no debe presentar sus DDJJ por IVA web. Cuando se lo excluya del Registro perderá el derecho al reintegro de IVA y, por ende, a partir de esa exclusión deberá comenzar a presentar sus DDJJ por IVA web.

e) Prorrateo de los Créditos Fiscales

 

Propuesta FACPCE: Es necesario aclarar cómo se prorratean los Créditos Fiscales que se vinculan con ventas gravadas, y con ventas exentas o no alcanzadas por el IVA.

 

Respuesta AFIP: Primero deben prorratearse los "montos netos” de las facturas de compras que se vinculan con las ventas gravadas y con las ventas exentas o no alcanzadas. Seguidamente, en la pestaña "Crédito Fiscal” se informará el "monto neto gravado” que surge del prorrateo (al cual se les aplicará la alícuota de IVA que corresponda), y también se informará en la misma pestaña el monto neto gravado que surge del prorrateo y que "no genera Crédito Fiscal”.

 

f) Pago del IVA en efectivo en el Banco (o en entidades autorizadas).

 

Propuesta FACPCE: Es necesario incorporar la posibilidad de pagar en el Banco con el F 2002 que genera el IVA web, de manera tal que los datos de la DDJJ y del pago se trasmitan mediante el lector del código de barras en la caja del Banco. Con ello se evitan los eventuales errores humanos en la confección del F 799/E y en la carga del F 799/E por parte del cajero del Banco.

 

Respuesta AFIP: El objetivo es que todos los contribuyentes tengan cuenta bancaria y que cuando presentan la DJ de IVA generen el VEP y que paguen el IVA mediante débitos en cuenta.

 

Se seguirá permitiendo el pago del IVA en el Banco o en entidades autorizadas a través del F. 799/E, pero deben agregarse manualmente los datos del CUIT, y los códigos de concepto, subconcepto, e importe del pago.

g) Límite temporal para la carga de retenciones de IVA y de ITC

 

Propuesta FACPCE: Es necesario que se incorpore la posibilidad de cargar en la DJ de IVA las retenciones de IVA y el ITC de períodos anteriores que no se computaron oportunamente (El Sistema de IVA Web solo permite tomar las retenciones de tarjetas de crédito y débito y el ITC del mes anterior al que se liquida).

 

Respuesta AFIP: Se ha adecuado el IVA web para permitir el cómputo de retenciones de IVA de períodos anteriores. Queda pendiente las retenciones y percepciones de períodos anteriores correspondiente al ITC.

h) Posibilidad de importar los conceptos no informados en Mis Retenciones

 

Propuesta FACPCE: Es necesario que el IVA web prevea la importación del archivo "TXT”, con los datos de las retenciones y percepciones que no están informadas en Mis Retenciones. La información que obra en Mis Retenciones depende de lo que informa el agente de retención y/o percepción vía el SICORE, pero ocurre que hay demoras en informar, y también omisiones de informar.

 

Respuesta AFIP: Se está adecuando el IVA web para permitir la importación de las retenciones y percepciones que no surgen de Mis Retenciones. Cuando se trate de simples demoras del Agente, el sujeto pasible deberá eliminar de la Información de Mis Retenciones los conceptos que ya hubiere computado vía su carga manual o vía su importación (a los efectos de evitar duplicaciones).

j) Sugerencia de carga detallada de los Créditos Fiscales

 

Finalmente sostienen los funcionarios de la Subdirección General de Recaudación de la AFIP que es importante que los Créditos Fiscales de IVA se abran por concepto: Ej: Compra de Bienes (excepto Bien de Uso), Prestaciones de Servicios, Compra de Bienes de Uso, etc. En el futuro se pedirá explicación del detalle de Créditos Fiscales a contribuyentes que abusen en la modalidad de cargar los mismos en forma agrupada en el rubro "Otros Conceptos”.

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