DEL 6 DE JUNIO HASTA EL 28 DE OCTUBRE
Informan fecha de licencia especial de invierno
El beneficio que abarca a todo el personal de la administración pública se podrá utilizar a partir del 6 de junio y hasta el 28 de octubre.
El Ejecutivo Provincial emitió el decreto 0876/16, mediante el cual estableció los plazos para el usufructúo de la Licencia Especial de Invierno "a todo el personal de la Administración Pública Provincial y a los funcionarios de nivel político, con excepción del personal perteneciente al escalafón húmedo y personal No Docente dependiente del Ministerio de Educación”.
El beneficio podrá utilizarse por espacio de 5 días hábiles, "con goce de haberes”, a partir del 6 de junio y hasta el 28 de octubre próximo.
El personal No Docente dependiente del Ministerio de Educación, que preste servicios en establecimientos educativos, podrá gozar de la licencia también de 5 días, dentro del lapso comprendido en el Receso Escolar Invernal.
El beneficio podrá utilizarse por espacio de 5 días hábiles, "con goce de haberes”, a partir del 6 de junio y hasta el 28 de octubre próximo.
El personal No Docente dependiente del Ministerio de Educación, que preste servicios en establecimientos educativos, podrá gozar de la licencia también de 5 días, dentro del lapso comprendido en el Receso Escolar Invernal.