USHUAIA

El Ejecutivo vetó la ordenanza sobre “Alcoholemia Cero”

La medida en tal sentido fue resuelta a partir de que las áreas técnicas advirtieron sobre la imposibilidad de hacer la cumplir, en virtud de que los equipos que miden el nivel de alcoholemia tienen un margen de error y no garantizan tener precisiones sobre la cantidad de alcohol en sangre a esos niveles.
viernes, 23 de septiembre de 2016 · 08:27

El Ejecutivo Municipal de Ushuaia vetó la ordenanza recientemente sancionada por el Concejo Deliberante, y que establecía la "Alcoholemia cero” como requisito para poder conducir un vehículo en la ciudad.

 

La medida enunciada fue argumentada en informes técnicos de Tránsito y el Juzgado de Faltas, que advierten un margen de error en el alcoholímetro.

 

El veto será presentado hoy ante el Concejo Deliberante y el Ejecutivo de Ushuaia propuso una instancia de debate en comisión para dar lugar a una alternativa de aplicación gradual.

 

La secretaria de Legal y Técnica del Municipio, Victoria Vuoto, confirmó la decisión al respecto, en declaraciones radiales, y observó que si se hubiera promulgado la norma "podrían cometerse muchos errores e injusticias porque no está acreditado el peligro en niveles entre 0 y 0,5 gramos por litro con el rigor técnico pertinente”.

 

"Además esto no sumaría al objetivo de concientizar sobre la importancia de no conducir vehículos bajo los efectos del sustancias como el alcohol”, añadió.

 

Según las observaciones de la Coordinación de Tránsito y Transporte, el dispositivo cuenta con un margen de error, por lo que aún sería imposible comprobar la veracidad de aquellos casos en que se registren niveles entre 0 y 0,5 g/l de sangre.

 

Por otro lado consideró que "una norma de seguridad vial no puede estar enfocada al espíritu recaudador, sino que debe contribuir a prevenir los accidentes y castigar el incumplimiento de las ordenanzas”.

 

La ordenanza del plan Alcoholemia Cero sancionada en agosto, disponía la implementación de la tolerancia cero -0,0 g/I por litro de sangre- para el consumo de alcohol en conductores de vehículos, dando de baja la tolerancia vigente de hasta 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre permitida para conducir.

 

Se establecía que el infractor sería responsable del pago de una multa graduable entre 500 a 5000 unidades punitorias y la retención de la licencia de conducir, entre otras sanciones.

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