Por mayoría de 8 votos
Convencionales acordaron modificar el régimen de empleo público de Ushuaia
La reforma más significativa de los artículos del Régimen de Empleo Público es que se suprimió en el texto la figura de “representantes no agremiados” y se estableció la diferenciación entre empleados del Departamento Ejecutivo y del Legislativo.Los artículos 108 y 109 de la Carta Orgánica contenidos en el capítulo de Régimen de Empleo Público obtuvieron dictamen de mayoría acompañado por la firma de 8 de los 14 convencionales, donde como puntos más relevantes se suprimió en el texto la figura de “representantes no agremiados”, y se estableció la diferenciación entre empleados del Departamento Ejecutivo y del Legislativo.
En la redacción del texto quedó plasmado que se propone que el régimen de empleo público, tanto del Departamento Ejecutivo como del Legislativo, se conforma mediante el convenio municipal de empleo y convenio legislativo municipal, respectivamente, garantizando los principios de igualdad, idoneidad e interseccionalidad.
Asimismo, el marco normativo de los convenios, tanto municipal como legislativo, deben respetar los principios de ingreso por concurso; de condiciones laborales dignas, salubres y seguras, entre otros aspectos; estabilidad de empleo público y acceso a la defensa; capacitación y promoción; retribución justa; igual remuneración por igual tarea por igualdad de condiciones; sueldo anual complementario y vacaciones pagas; articular herramientas para promoción de ambientes laborales libres de violencia; y prevalecer a favor del trabajador cualquier interpretación de la normativa.
A su vez, sobre la quita de “representantes no agremiados”, se fija que todos los trabajadores municipales y legislativos, sobre convenios de empleo, son representados por la totalidad de asociaciones u organizaciones gremiales inscriptas o con personería gremial, que actúen dentro del ámbito que les compete, con el fin de atender el reclamo de los trabajadores sobre acceder a “homologar los acuerdos”.
Por otra parte, el acuerdo textualiza que las asociaciones gremiales, no podrán exigir a los no afiliados contribuciones por el uso del convenio colectivo de trabajo. En cuanto a la negociación colectiva, puede ser convocada tanto por el Departamento Ejecutivo o el Legislativo, como por las entidades sindicales.
Luego de un extenso intercambio de pareceres, y un cuarto intermedio para revisar los puntos de acuerdo, se llegó al consenso por mayoría con 8 integrantes del Cuerpo: los convencionales Juan Carlos Pino, Alejandro Niz, Erica Fossati, Walter Vuoto, Laura Avila, Agustín Coto, Mónica Urquiza y Fernando Oyarzún.
Al igual que Javier Branca, desde el bloque de Juntos por el Cambio expresaron no estar en contra de esta armonización de proyectos, sino que manifestaron su voluntad de utilizar el tiempo que queda hasta el tratamiento final en sesión, para poder estudiar en profundidad las modificaciones y en un eventual acuerdo acompañar en la votación. No así es el caso del bloque de Somos Fueguinos, que presentaron por minoría un dictamen a favor de la no modificación del texto original.