MEDIDA RIGE DESDE LAS 0 DEL MIÉRCOLES
Nación suspendió la habilitación del Puerto de Ushuaia por un año
La disposición fechada martes 20 de enero dispone la intervención administrativa en materia de infraestructura portuaria "debiendo garantizar la continuidad de los servicios mínimos, la seguridad portuaria y el cumplimiento de las normas vigentes".La Agencia Nacional de Puertos y Navegación dispuso la suspensión temporal de la habilitación del Puerto de Ushuaia por un término de 12 meses.
Según se desprende de la disposición fechada martes 20 de enero, la misma estipula la intervención administrativa en materia de infraestructura portuaria del Puerto local por un término de 12 meses "prorrogables por acto fundado, la que tendrá a su cargo la gestión operativa, técnica y administrativa de dicho puerto, debiendo garantizar la continuidad de los servicios mínimos, la seguridad portuaria y el cumplimiento de las normas vigentes".
La intervención administrativa dispuesta alcanza "pura y exclusivamente la infraestructura portuaria de explotación, maquinaria, equipamientos e instalaciones y todo aquello relativo a la operación portuaria" que se encuentre dentro de la delimitación jurisdiccional terrestre, espejos de agua y espacios acuáticos lindantes de la jurisdicción portuaria.

Dispone que la intervención "deberá dar estricto cumplimiento a las instrucciones que le imparta la ANPN, suspendiendo Suspéndase la ejecución de la sanción dispuesta y estableciendo a la gerencia de coordinación Técnica de la Agencia Nacional como Unidad Ejecutora.
Faculta a la Gerencia de Coordinación Técnica "para que solicite la colaboración e intervención de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero y de la Prefectura Naval Argentina (PNA) para que, en el marco de las atribuciones que les son propias, "adopten las medidas necesarias para el fiel cumplimiento de la presente medida".
Ademas faculta a la gerencia a arbitrar los medios y medidas necesarias para "la inmediata la suspensión de la habilitación del Puerto de Ushuaia "frente a la eventualidad de que la intervención administrativa ordenada no pueda ser ejecutada correctamente".
Dispone por tanto que vencido el plazo de un año establecido y previa constatación de la regularización de la situación, "se evaluará la procedencia de levantar o mantener las medidas".
En los extensos considerandos incluidos en la disposición se esgrime que "en atención a la gravedad de las infracciones constatadas resulta procedente disponer la suspensión temporal de la habilitación del Puerto de Ushuaia", de conformidad con lo dispuesto en el inciso a) del artículo 23 del Decreto N.° 769/1993, "con el objeto de posibilitar su reorganización".
Menciona la denuncia efectuada por el Secretario General de Unión Personal Superior Ferroviario de Tierra del Fuego "y otros actores y entidades que se nuclean en la actividad portuaria local", quienes manifiestan su "profunda preocupación y rechazo frente a la sanción de la Ley Provincial N° 1596 sancionada el 1° de julio de 2025 y promulgada bajo el Decreto Provincial N° 1849 del 22 de julio, denominada de “Sostenibilidad y Fortalecimiento de la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF)”.
A su vez y colacionado con lo anterior, plantea que ello o obedecería a que el artículo 12 de la mencionada ley prevé la creación excepcional de un Fondo Específico para el Pago de Deuda de la OSEF, especificando que la fuente de financiamiento resultará ser "el superávit financiero producido por el Puerto de Ushuaia, correspondiente a los ejercicios de los años 2024 y 2025 administrado por la Dirección Provincial de Puertos".
Expone por tanto que esa situación "pondría en riesgo el normal funcionamiento de esa institución, su capacidad de inversión y el cumplimiento de sus obligaciones contractuales y compromisos asumidos, desfinanciando un ente que históricamente ha sido
autosustentable y cumple con un rol estratégico en la economía provincial".
Mientras tanto alude a que el área técnica señaló que la indisponibilidad de los fondos provenientes del producido de su
operación "tornaría palmariamente imposible que la Dirección Provincial de Puertos pueda concretar las obras que resultan de vital importancia para la operación segura del muelle comercial; más aún teniendo presente que en el Puerto de Ushuaia coexisten actividades comerciales de carga y de pasajeros".
Por otra parte hace alusión a un informe contable y presupuestario del cual surge que el Gobierno Provincial y la
Dirección Provincial de Puertos suscribieron el Convenio de Colaboración N° 26.174 mediante el cual se brindó asistencia al Ministerio de Economía de la Provincia, con el objeto de otorgar una asistencia financiera por $ 4.000.000.000 a la citada jurisdicción "destinada a solventar un plan de obras en diversas áreas de su competencia, la cual fue financiada con el superávit correspondiente al ejercicio 2024 de la Dirección Provincial".