MEDIANTE DECRETO MUNICIPAL

Autorizan la implementación de subsidios en pesos a personas en situación vulnerable en Ushuaia

Se trata de una asistencia económica o acompañamiento integral en materia de alojamiento para personas con carencias; medicamentos, colchones, ropa, reconstrucción de inmuebles siniestrados, artefactos para instalación de servicios esenciales, y más.
viernes, 6 de febrero de 2026 · 20:12

El Poder Ejecutivo Municipal de Ushuaia autorizó la implementación de subsidios en pesos o especie a personas, para la cobertura de carencias y/o necesidades de personas o familias con recursos económicos insuficientes.

 

El decreto 78/26 sale publicado este 6 de febrero en el Boletín Oficial con la firma del intendente y de la Jefe de Gabinete. Refiere a la asistencia destinada a la provisión de alimentos indispensables, dietas especiales, cobertura de pasajes aéreos y/o terrestres, materiales para la reconstrucción o mejora de viviendas siniestradas o en mal estado.

 

Incluye la provisión de artefactos para la instalación de servicios esenciales de agua, cloaca, luz, gas y agua, como así también los gastos por derecho de conexión o confección de planos, alojamientos en residenciales u hoteles por un período de 10 días, prorrogables en casos de necesidad y urgencia.

 

 

Agrega asistencia para alquiler de viviendas particulares para uso familiar por un período de 3 meses, fumigación, desinsectación y desratización de viviendas particulares, medicamentos, provisión de colchones, frazadas, mantas, ropa blanca, vestimenta básica, calzado y todo elemento de primera necesidad.

 

 

La rendición de los subsidios otorgados deberá realizarse según lo dispuesto en la Resolución Plenaria de la Sindicatura General Municipal N° 45/2022, a través de la cual se aprobó el “Procedimiento de otorgamiento y rendición de fondos relacionados a Asistencia Económica en el Sector Público Municipal de la ciudad de Ushuaia”.

 

En todos los casos, el otorgamiento podrá ser en pesos o la correspondiente provisión material. La cancelación de la factura correrá por cuenta de la Municipalidad de Ushuaia.

 

Todo subsidio deberá ser acompañado, sin excepción alguna por Nota del beneficiario solicitando el subsidio; Breve reseña social o informe socio-económico; Declaración jurada del solicitante donde manifieste la carencia de medios para proveerse de lo requerido; Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante.

El otorgamiento de los subsidios quedará sujeto a la disponibilidad presupuestaria y financiera del Municipio, no pudiendo superar en ningún caso el monto autorizado para Contrataciones Directas, según lo estipulado por la Ordenanza 3693 en su Artículo 110, inciso d) apartado 1); y el Anexo 1 deI Decreto Municipal N° 1255/2013 y sus modificatorios.

 

La rendición de los subsidios deberá realizarse en un plazo de sesenta (60) días, de conformidad al Anexo 1 de la Resolución Plenaria de la Sindicatura General Municipal N° 45/2022, o la que en el futuro la reemplace, por el solicitante ante la Subsecretaría Unidad Intendencia, la cual deberá rendir cuentas con posterioridad al suscripto.

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