DEBERÁ PAGAR A 49 TRABAJADORES

Fallo judicial pone al municipio de Río Grande contra las cuerdas

Por la “mala liquidación de haberes” que fuera denunciado por un grupo de trabajadores estatales el municipio de Río Grande deberá pagar retroactivamente hasta el 2007 indemnizaciones por actualizaciones.
miércoles, 30 de julio de 2014 · 20:08

 

Si bien se habla en algunos medios de unos 300 millones, lo que equivale al 30 % del presupuesto municipal o lo que es lo mismo, cinco ejercicios de obra pública a valores actuales, en realidad la medida solo afecta a 49 trabajadores que hicieron el juicio, el resto de los 250 firmanes no tienen derecho a reclamar retroactivamente porque en derecho administrativo existe lo que se denomina prevención de la instancia (debieron impugnar el acto administrativo dentro de los 30 días).

 

La medida nace a raíz de un fallo conocido este miércoles dictado por la Sala Civil de la Cámara de Apelaciones contra el Ejecutivo Municipal de la ciudad de Río Grande en una causa que nació cuando unos 250 agentes municipales firmaron reclamando por la aplicación del Decreto 1428/1973 que establece la aplicación del ítem "zona” sobre adicionales generales y particulares.

 

Si bien en un principio la petición de los trabajadores municipal había sido declarada nula por la doctora Miriam Edith Cristiano Jueza Laboral, cuyo fallo fue apelado por los diferentes letrados que patrocinaron a los demandantes, dicha apelación ahora prosperó en la sala civil de la Cámara de Apelaciones que terminó fallando tanto contra el Ejecutivo municipal como contra el Concejo Deliberante, que deberán resarcir a los demandantes.

 

La alzada está integrada por los jueces Ernesto Löffler, Josefa Haydeé Martín y Francisco de la Torre.

 

La resolución asegura que la ciudad tiene que pagar el decreto 1428, que establece la forma de pago a empleados de la administración pública, en los adicionales generales y particulares, y que estos últimos deben liquidarse sobre el sueldo básico y zona.

 

Esta medida certifica que los haberes están mal liquidados, por lo que se entiende que debe corregirse, además de pagarse en forma retroactiva lo mal liquidado, a la fecha de interposición del reclamo, retrotrayéndose al año 2007.

 

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