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¿Desaparece el CBU?

Una norma del BCRA publicada esta semana establece que ya no será obligatorio el uso de CBU. Ahora se podrá utilizar una especie de alias alfanumérico que coexistirá con el anterior código de 22 caracteres.
viernes, 19 de agosto de 2016 · 17:44
El Banco Central de la República Argentina aprobó esta semana una norma (Comunicación A 6044) que permitirá cambiar la Clave Bancaria Uniforme (CBU).

La nueva modalidad para identificar las cuentas bancarias podrá usarse para validar los movimientos desde diciembre, dando lugar a que el usuario valide claves que se le sean mucho más familiares, aunque tratando de mantener un estándar de seguridad. Así números como 6757000045679812340980 podrán ser reemplazados por combinaciones como "CharlyMarx2005", "CristinaGuti94", "Estudiantes110" o hasta "Carnicero44671", sólo por citar algunos ejemplos.
 
La modalidad para identificar cuentas podrá ser una especie de "alias" que, como condición excluyente, deberá estar compuesto por una combinación de 14 caracteres (letras o números). Esta nueva opción coexistirá con el CBU, número que contiene códigos que identifican al banco, la sucursal de origen de las cuentas y el titular de la misma.

La norma del BCRA establece que las entidades financieras deberán "adecuar sus funcionalidades de Internet, banca móvil y plataforma de pagos móviles para permitir crear, mantener y usar un alias unívoco con el CBU correspondiente a cada cuenta".

Y que "los titulares de las cuentas podrán informar esos alias en reemplazo del número de CBU para recibir pagos y transferencias". Dicho alias será administrado por la cámara electrónica de medios de pago de bajo valor (Coelsa), pero podrá ser gestionado y obtenido a través de homebanking.
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