Se podrá elegir entre "F", "M" o "X"

Melella celebró que personas "no binarias" puedan aparecer en el DNI como tal

La persona que no se sienta comprendida en el binomio masculino/femenino podrá optar por la nomenclatura 'X' en el campo 'sexo' del documento; esto incluye: "binaria", "indeterminada", "no especificada", "indefinida", "no informada", "autopercibida" y también "no consignada". La resolución la sacó ayer el Poder Ejecutivo Nacional y hoy se publicó en el Boletín Oficial.
miércoles, 21 de julio de 2021 · 22:05

El gobernador de Tierra del Fuego, Gustavo Melella, celebró que la Argentina "hoy da un paso más en la ampliación de derechos y la inclusión", luego del decreto firmado ayer por el presidente Alberto Fernández, que permite a las personas que no se reconocen dentro del sistema binario (hombre/mujer) identificarse con una tercera opción en sus respectivos documentos.

 

El extenso decreto 476/21 -publicado hoy miércoles en el Boletín Oficial-  determina en su artículo 2° "...que las nomenclaturas a utilizarse en los Documentos Nacionales de Identidad y en los Pasaportes Ordinarios para Argentinos en el campo referido al “sexo” podrán ser: “F” -Femenino-, “M” - Masculino- o “X”".

 

 

 

"Esta iniciativa simboliza el reconocimiento legal a la identidad de género autopercibida, donde Tierra del Fuego fue pionera mediante un fallo histórico en diciembre del 2019, donde se ordenó al Registro Civil la confección de un DNI que además del cambio de nombre, deje constancia del sexo como 'no binario/igualitario' ", rememoró Melella.

 

 

 

Mientras tanto, el gobernador fueguino dio su visto bueno a esta medida de la Casa Rosada, en pos "de avanzar en la ampliación y reconocimiento a la identidad de ser y sentir. Esto, sin dudas, se concreta hoy con la presentación del DNI no binario".

 

 

En el Artículo 4° de este decreto se puntualiza que "la nomenclatura “X” en el campo “sexo” comprenderá las siguientes acepciones: no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada, autopercibida, no consignada; u otra acepción con la que pudiera identificarse la persona que no se sienta comprendida en el binomio masculino/femenino

 

Mientras tanto, el Artículo 3° establece: "que todas aquellas personas nacionales cuyas Partidas de Nacimiento se expidan en el marco de la Ley N° 26.743 en las que se consigne una opción para la categoría “sexo” que no sea “F” –Femenino- o “M” –Masculino-, o bien si el mismo no se hubiere consignado, podrán solicitar que en la zona reservada al “sexo” en los Documentos Nacionales de Identidad, y en los Pasaportes Ordinarios para Argentinos, se consigne la letra “X”; utilizándose en este caso el carácter de relleno “<” en la casilla correspondiente al campo “sexo” en la ZLM".

 

 

 

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