"Posee posibilidades de ser perjudicial"

Justicia fueguina rechazó pedido para aplicar dióxido de cloro a paciente

El hombre de 72 años fue inducido a coma farmacológico y está con respiración artificial asistida. Además, presenta como patologías preexistentes Parkinson, Hipotiroidismo HTA y asma. El pedido de su hija contaba con el asesoramiento del presidente de la Coalición Mundial por la Salud y la Vida (COMUSAV).
viernes, 13 de noviembre de 2020 · 11:48

El Juzgado en lo Civil y Comercial N° 1 del Distrito Judicial Sur, a cargo del Dr. Sebastián Osado Viruel, desestimó una medida autosatisfactiva presentada por una vecina de Ushuaia contra el Sanatorio San Jorge, quien pretendía que las autoridades de la Clínica apliquen dióxido de cloro a un familiar internado en Terapia Intensiva por COVID-19.

 

La mujer solicitaba a las autoridades de la Clínica que su padre reciba la aplicación del tratamiento con la mentada sustancia, a fin de mejorar la evolución de su enfermedad diagnosticada como "Síndrome de Distress Respiratorio Agudo grave", producto del virus.

El hombre de 72 años fue inducido en coma farmacológico y está con respiración artificial asistida. Además presenta como patologías preexistentes Parkinson, Hipotiroidismo HTA y asma.

 

De la resolución se desprende que la mujer pretendía que los médicos utilizaran la sustancia como procedimiento complementario, más allá de los tratamientos médicos que la Clínica venía realizando, con el argumento que en la actualidad "el SARS CoV2 no tiene un tratamiento combativo ni especifico”.

 

El representante legal de la Clínica San Jorge sostuvo que “bajo ningún punto de vista se autoriza a requerir un tratamiento determinado que no se encuentra aprobado por la autoridad de aplicación" y que además "no tiene consenso en ningún profesional, ni auxiliar del Sanatorio".

 

Además agregó que es aún más grave cuando lo que se pretende imponer resulta de una terapia no comprobada y no autorizada por la autoridad de aplicación”, y aclara que “no cuentan en el plantel médico del Sanatorio San Jorge ni en sus auxiliares, ninguno que esté dispuesto a realizar este tratamiento, que a todas luces no está comprobado y posee posibilidades de ser perjudicial”.

 

La resolución menciona que esta publicada en el Boletín Oficial de la Nación, la disposición de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), en la que se prohíbe el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de ese producto. Y advirtió a la población sobre los riesgos por la ingesta e inhalación de estos preparados, consumidos bajo la creencia de que ofrecen soluciones para la prevención y tratamiento de determinadas enfermedades.

 

Fuente: infojudicial.justierradelfuego.gov.ar.
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