EN 2016

Habrá 17 feriados y 9 findes largos

Llega fin de año ya ya mucha gente planea futuros viajes para el 2016, el Ministerio del Interior informó el nuevo calendario de días no laborables del año que viene y se adelanta a la planificación de tus escapadas.
miércoles, 2 de diciembre de 2015 · 20:26
El Ministerio del Interior reveló cómo será el cronograma de feriados de 2016. En total habrá 15 días festivos y dos puente, lo que sumará 17 días no laborales en total y 9 fines de semana largos para poder planificar descansos y escapadas a algún lugar.


Primero llegarán los feriados de Carnaval, el 8 y el 9 de febrero, que caerán lunes y martes respectivamente y se sumarán al sábado y domingo configurando el primer fin de semana largo, de cuatro días.


Al mes siguiente, esto volverá a repetirse por la sumatoria del 24 de marzo (Día de la Memoria) y el 25 de marzo (viernes Santo).


El tercer puente turístico para disfrutar de mini viajecitos será en diciembre, en ocasión al Día de la Virgen (jueves 8 de diciembre), que incluye un puente turístico (viernes 9).


El resto corresponde a feriados trasladables, que conformarán fin de semanas de tres días: el 17 de Agosto, que se adelanta al lunes 15; el 12 de Octubre, que también se adelanta al 10 y el 20 de Noviembre, que pasa al 28 de ese mes.


El otro feriado puente (por ley se establecieron hasta dos días) será el viernes 8 de julio en ocasión al aniversario del 9 de Julio. 

 

Adjunto referencias de datos de la foto por colores:


ROJO -  Feriados Inamovibles

Feriados Nacionales que se rigen por el Decreto 1584/2010


AMARILLO - Feriados trasladables


Feriados Nacionales que se rigen por el Decreto 1584/2010


VERDE - Feriados Puentes turísticos


Feriados Puente que se rigen por el Decreto 1768/2013


Azul - Días no laborables

(a) Ley Nº 26.199 dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio. Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad. Se Invíta a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente ley.

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