Sancionado por la Cámara Legislativa

Bomberos Voluntarios accederán a la Obra Social y jubilación del Estado

Se trata de una esperada actualización de las normas y leyes vigentes que abarcan a los distintos cuarteles bomberiles de la provincia y la Federación, en beneficio de sus miembros.
miércoles, 28 de noviembre de 2018 · 10:12

El Parlamento fueguino sancionó -este martes- una serie de modificaciones a las Leyes provinciales sobre las bases jurídicas y orgánicas de las asociaciones civiles de bomberos, que otorga el beneficio de la Obra Social y la jubilación estatal a los integrantes de los distintos cuarteles.

 

Estas modificaciones habían sido planteadas por la gobernadora Rosana Bertone a principios de año, “particularmente en materia de acceso a la cobertura de salud que brinda la Obra Social de la Provincia de Tierra del Fuego", luego de adicionado un incremento del 50% en el haber jubilatorio mínimo.

 
Específicamente en relación a la Ley Provincial N° 345, la modificación propuesta alcanza a los artículos 2°, 8°, 23 y 24. El artículo 2° de la Ley en cuestión establece actualmente que "fijas Asociaciones Civiles de Bomberos Voluntarios deberán constituirse como personas jurídicas de bien público sin fines de lucro, teniendo por objeto la organización, sostenimiento y capacitación de un Cuerpo Activo".

 

Al respecto, teniendo en cuenta su efectiva constitución, se propone reconocer la figura de la "Federación de Asociaciones de Bomberos Voluntarios", ente de segundo grado al que las Asociaciones legalmente constituidas deberán adherirse.

 
Asimismo, el artículo 23 de la norma en cuestión establece actualmente que "fijos servicios extraordinarios prestados por los Cuerpos Activos con la debida justificación podrán percibir compensaciones de gastos".  

 
En esta Ley se agrega el articulo 2º bis, con la intención de generar nuevos aspectos normativos que beneficien a los Bomberos Voluntarios, como el otorgamiento de una jubilación y seguro social.
 

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