Concejo Deliberante

Polémico proyecto para un "Registro de Alquileres Turísticos" en Ushuaia fue girado a Comisión

Se trata de la iniciativa del FDT que busca derogar la ordenanza 5196, que establece la obligatoriedad de tener habilitación comercial para dichas propiedades. Propone que las casas o departamentos que se pretendan alquilar con fines turísticos deberán estar "obligatoriamente inscriptas en el Registro Provincial creado por el Infuetur", con sanciones para aquellos que incumplan la normativa.
jueves, 30 de marzo de 2023 · 20:32

Finalmente no fue tratado este miércoles en el marco de la 2da. sesión ordinaria del Concejo Deliberante el asunto 139/23, que pretende crear el "Registro Municipal de Alquileres Turísticos". Dicho proyecto de ordenanza fue girado a la Comisión de Legislación e Interpretación, y busca derogar la norma 5196 vigente, lo cual eliminaría la obligatoriedad de tener habilitación comercial para la renta de propiedades a tal fin.

 

El asunto en cuestión -autoría de la concejal Laura Beatriz Ávila (FDT) -consta de 12 artículos, y en sus fundamentos esgrime que con la 5196 sancionada en el 2016 se creó el Registro de Alquileres Temporarios "habilitando a vecinos y vecinas de nuestra ciudad a ofrecer sus departamentos o casas a los turistas que llegan buscando una experiencia como esta".

 

"Sin embargo, en diciembre de ese mismo año el INFUETUR mediante Decreto Provincial 2820/16 creó la figura del Departamento de Alquiler Temporario. Es de público conocimiento la situación actual habitacional de nuestra ciudad, recibimos diariamente numerosos reclamos de la población por la casi nula oferta de alquileres destinados a vivienda permanente y la numerosa y excesiva oferta de alquileres destinados a turismo", agrega.

 

En términos concretos, el artículo 1° del proyecto de la edil oficialista establece que el Registro Municipal de Alquileres Turísticos "funcionará dentro de la estructura orgánica de la Secretaría de Turismo de la ciudad de Ushuaia", y que el número de plazas disponibles para inscripción por año "no podrá superar el equivalente al cincuenta por ciento (50%) de plazas destinadas a vivienda permanente".

 

Mientras tanto, en el artículo 7° se especifica que el pago del canon anual y de inscripción "será establecido por la autoridad de aplicación y se deberá realizar en la cuenta de la Municipalidad de Ushuaia", y en el 8° que la inscripción en el Registro Municipal de Alquileres Turísticos, deberá renovarse de manera anual".

 

Adiciona que en caso de aquellos propietarios/as que posean 2 propiedades o más inscriptas en el Registro mencionado, "pasados los tres años solo podrán renovar la inscripción del cincuenta por ciento (50%) de dichas propiedades, pudiendo destinar el 50% restante a alquiler de viviendas permanente, por un período de 3 años en que podrán volver a incluir las propiedades por otro período igual y así sucesivamente".

 

El artículo 9° dice que los/as propietarios/as que no cumplan con lo establecido en Ordenanza "serán pasibles de sanciones pecuniarias nunca inferiores a los 500 UFAs", y que en caso de contar con reiterados incumplimientos, podrá revocarse e inhabilitarse la inscripción de todas las propiedades de titularidad en el Registro Municipal de Alquileres Turístico por un período de 5 años mínimo.

 

CRITICAS AL RMAT DE AVILA

Los cuestionamientos que se erigen desde algunas Cámaras al tomar conocimiento de esta iniciativa, es que de prosperar esta ordenanza y la caída de la 5196 se beneficiaría no a los vecinos y vecinas sino al Mercado Inmobiliario.

 

En este sentido, se expuso que de implementarse el Registro Municipal en los alquileres temporarios dejarían de ser una actividad comercial, lo cual devendría en que no pagarían los servicios, tasas e impuestos como comerciales, pasando a domiciliario.

 

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